Comunidades Autónomas

Decreto 14/2007, de 9 de marzo, por el que se regulan los registros telemáticos y las notificaciones telemáticas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Para el Gobierno de las Islas Baleares es de máximo interés la modernización de su estructura administrativa y, en este objetivo, las nuevas tecnologías y la informática ocupan un lugar trascendental. Así, en el deseable proceso de cambio y modernización de la Administración pública, resulta fundamental impulsar la utilización de las herramientas informáticas más modernas, en consonancia con la exigencia constitucional de que la Administración pública actúe con eficacia (artículo 103.1 de la Constitución).

Fecha: 
dijous, 15 març, 2007

ORDEN ECF/50/2007, de 23 de febrero, por la que se modifican la Orden ECF/109/2005, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos 600, 610, 611, 615, 616 i 630, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y se fija la cuota de la tasa que grava el suministro del modelo 620 en soporte papel, y la Orden ECF/597/2006, de 28 de diciembre, por la que se determina el contenido de la declaración informativa resumen de las escrituras públicas y el procedimiento para su tramitación telemática.

En el marco de la modernización de la Administración de la Generalidad de Cataluña y actualización de los procedimientos administrativos mediante la incorporación de las nuevas tecnologías, hay que destacar en el ámbito de la gestión tributaria el artículo 32 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, por el que se insta al Departamento de Economía y Finanzas a promover la presentación por vía telemática de declaraciones, escrituras públicas y otros documentos relativos a la gestión tributaria.

Fecha: 
dijous, 15 març, 2007

ORDEN de 27 de febrero de 2007, por la que se modifica el plazo de presentación de la declaración censal como consecuencia de la renuncia al régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario.

El ámbito objetivo de aplicación del régimen especial simplificado del Impuesto General Indirecto Canario está íntimamente ligado al ámbito objetivo del método de estimación objetiva de rendimientos para determinadas actividades económicas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, conforme dispone el artículo 12.2 del Decreto 182/1992, de 15 de diciembre, por el que se aprueban las normas de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto General Indirecto Canario y la revisión de los actos dictados en aplicación del mismo.

Fecha: 
dimarts, 13 març, 2007

ORDEN de 27 de febrero de 2007, por la que se establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y se fijan los módulos para el año 2007.

Los artículos 87.2 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y 10 y 11.1 del Decreto 34/2002, de 8 de abril, por el que se aprueban las normas de desarrollo del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, establecen la competencia de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de Hacienda para establecer la producción sujeta y no exenta al citado impuesto que debe integrar el ámbito objetivo del régimen simplificado y las cuotas a ingre

Fecha: 
dimarts, 13 març, 2007

ORDEN FORAL 73/2007, de 5 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla para el año 2007 el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La Ley Foral 22/1998, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 36, y su Reglamento, en los artículos 32 y siguientes, regulan el régimen de estimación objetiva en orden a la determinación de los rendimientos de las pequeñas y medianas empresas y de los profesionales.

Fecha: 
divendres, 9 març, 2007

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