Comunidades Autónomas

Corrección errores de la Ley 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears, publicada en el BOIB nº 152, de día 28 de octubre de 2006.



Habiéndose detectado un error en la publicación de la Ley 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears, (BOIB núm. 152, de día 28 de octubre del 2006), se procede la rectificación siguiente:



En el artículo 43.2.b)

Donde dice: ‘b)... seis:’

Debe decir: ‘b)...siete:’



Palma, 22 de febrero del 2007

Fecha: 
Jueves, 8 Marzo, 2007

ORDEN PAT/359/2007, de 23 de febrero, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la representación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos.



    El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.
Fecha: 
Miércoles, 7 Marzo, 2007

ORDEN FORAL 2/2007, de 19 enero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo de "Carta de Pago 741", correspondiente al modelo 220 de autoliquidación del Impuesto de Sociedades para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal.

El Capítulo VIII del Título X de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, regula el régimen de consolidación fiscal, indicando que los grupos fiscales, cuando opten por este régimen de tributación, tendrán la consideración de sujetos pasivos del Impuesto.

Fecha: 
Viernes, 2 Marzo, 2007

ORDEN FORAL 59/2007, de 22 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se declaran oficiales las cifras de la población de los Concejos de Navarra con referencia al 1 de enero de 2006.

Una vez obtenidas las cifras de la población de los Concejos, realizadas las comprobaciones pertinentes y en coherencia con las cifras oficiales de la población de los municipios, se hace preciso, a tenor de lo previsto en el artículo 1,2. del Decreto Foral 50/1998, aprobar las cifras oficiales de los Concejos de Navarra a 1 de enero de 2006.

En consecuencia,

ORDENO:

Fecha: 
Viernes, 2 Marzo, 2007

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