Resoluciones

Aunque la presentación de documentos electrónicos puede hacerse por vía telemática, nada impide también la presentación en papel cuando tienen un código seguro de verificación. Asimismo, no hay una exclusión absoluta de la presentación telemática de documentos judiciales y administrativos por particulares, siempre y cuando puedan ser verificados indubitadamente en cuanto a su integridad, veracidad y firma, como ocurre con aquéllos que vienen garantizados con código seguro de verificación.

Resolución de 14 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 3, por la que se deniega la presentación e inscripción de un documento judicial firmado electrónicamente por el Letrado de la Administración de Justicia, con código seguro de verificación.

Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2021

Solicitado por la Administración titular del dominio público hidráulico que se practique una nota marginal en una finca colindante a la misma señalando que el dominio no está deslindado, no puede hacerse constar en el Registro que una finca está pendiente de deslinde ni las limitaciones que del mismo se derivan en las fincas colindantes, sin haberse incoado el oportuno expediente de deslinde con intervención del titular registral.

Resolución de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Herrera del Duque-Puebla de Alcocer, por la que se deniega la práctica de una nota marginal.

Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2021

Se solicita la extensión de una nota marginal, para hacer constar que la posesión de la totalidad o parte de una citada finca registral podría ser atribuida a la Administración titular del dominio público en un futuro deslinde. No puede hacerse constar en el Registro que una finca está pendiente de deslinde, sin haberse incoado el oportuno expediente de deslinde con intervención del titular registral (artículos 1, 38, 40 y 82 de la Ley Hipotecaria).

Resolución de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Guadalajara del n.º 2, por la que se suspende la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.

Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2021

Se debate sobre la inscribibilidad de un testimonio parcial de la escritura de cesión de una cartera hipotecaria a un fondo de titulización. No consta al día de la presentación inscrito un crédito hipotecario de la cedente, sino que la titular es otra persona jurídica distinta que lo adquirió en virtud de una sucesión universal (art. 20 LH). Será necesario, para cumplir con el tracto sucesivo, el consentimiento del actual titular registral.

Resolución de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Fuenlabrada n.º 2, por la que se deniega la presentación de una escritura de constitución de un fondo de titulización de activos.

Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2021

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