Resoluciones

Al condicionarse el levantamiento del cierre registral únicamente a la acreditación de la falta de aprobación en la forma prevista en el artículo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil, que establece como uno de medios de justificación la certificación del órgano de administración con expresión de la causa de la falta de aprobación, sin que se distinga según cuál sea dicha causa, excede del ámbito de la calificación del Registrador determinar si la expresada resulta o no suficiente a tales efectos.

RESOLUCIÓN de 1 de setiembre de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por "Yonplastic, S.L", en liquidación, contra la negativa del Registrador Mercantil de Madrid, número VIII, don Antonio Hueso Gallo, a abrir la hoja registral de una sociedad.

Fecha: 
Lunes, 29 Octubre, 2001

Que el mandato normativo contenido en el artículo 221 de la Ley de Sociedades Anónimas (redactado según disposición adicional segunda -apartado 20- y disposición final segunda de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada; aplicable al presente caso, conforme al artículo 84 de esta Ley) así como en el artículo 378 y en la disposición transitoria quinta del Reglamento del Registro Mercantil, no deja lugar a dudas: el cierre del Registro únicamente procede para el caso de incumplimiento de una obligación, la de depositar las cuentas anuales, y no por el hecho de que no hayan sido aprobadas o porque los administradores no las hayan formulado

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Torredembarra don Ricardo Cabanas Trejo, contra la negativa del Registrador Mercantil número XIV de Barcelona don Francisco Javier González del Valle García, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada.

Fecha: 
Sábado, 8 Septiembre, 2001

En el presente caso, el balance aprobado y publicado refleja suficientemente el estado patrimonial de la sociedad, con lo que ha quedado cumplida una de las funciones de su publicación, en tanto que medio de publicidad meramente informativa, con carácter de aviso de clausura de la liquidación

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Miguel Ángel del Hoyo Velasco, Liquidador único de «Progeyco, Sociedad Anónima», en liquidación contra la negativa del Registrador Mercantil número 3 de Madrid, don Jorge Salazar García, a inscribir una escritura de disolución y liquidación de una sociedad anónima.

Fecha: 
Martes, 21 Agosto, 2001

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