En los últimos tiempos las tecnologías de la información y, particularmente, Internet han permitido a las Administraciones públicas vislumbrar nuevos cauces de relación con los ciudadanos y desarrollar medios hasta ahora desconocidos en la prestación de servicios públicos.
El ciudadano, más que nunca, se sitúa como principal beneficiario de este movimiento en tanto ve ampliadas sustancialmente sus posibilidades de acceso y comunicación con las administraciones públicas.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 1/2008, de 21 de abril por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia.
Advertido error material en la publicación del Decreto 22/2008, de 27 de marzo, de primera modificación del Decreto 13/2007, de 14 de febrero, por el que se establece la documentación que determinadas sociedades mercantiles, entidades y entes públicos, fundaciones y consorcios deben remitir a la Consejería competente en materia económica y presupuestaria (BOPA núm. 73, de 29 de marzo de 2008), se procede a su rectificación en el siguiente sentido:
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente:
LEY EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA:
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/2008, de 21 de abril, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
El Decreto 141/2005 de 30 de diciembre constituye el marco normativo por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia, para el cuatrienio 2005-2008.
El Presidente del Principado de Asturias
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de medidas presupuestarias urgentes.
Preámbulo
El artículo 170 del Estatuto de autonomía de Cataluña atribuye a la Generalidad la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales.
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