Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes, comprendidas en el concurso ordinario convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2007 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 20 de noviembre de 2007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social,
Fecha: Miércoles, 6 Febrero, 2008
Hechos y fundamentos de derecho
1. Mediante Resolución del 8 de noviembre de 2007 (BOE de 20 de noviembre) la Dirección General de los Registros y del Notariado del Gobierno Ministerio —Ministerio de Justicia— convocó el concurso ordinario de provisión de notarias vacantes, que resolvió mediante Resolución de 10 de enero de 2008.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».
En las transmisiones de vehículos usados y de embarcaciones se vienen aplicando para la determinación de la base imponible en los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Especial sobre Determinados Medios de Transporte los precios medios establecidos a tal fin, año tras año, mediante sucesivas Ordenes Forales.
Vista la Orden TRE/449/2007, de 5 de diciembre, por la que se establece el calendario de fiestas locales en Cataluña para el año 2008 (DOGC núm. 5023, pág. 51886, de 5.12.2007);
Considerando que, con posterioridad a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de la mencionada Orden, los ayuntamientos de Llavorsí y de Vinyols i els Arcs han formulado una propuesta diferente de la hecha inicialmente;
Visto el expediente instruido para la provisión de notarías vacantes en el territorio de la Comunitat Valenciana, en virtud del concurso ordinario convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto por Resolución de 10 de enero de 2008, de conformidad con los artículos 23, 88 al 96, y demás concordantes del Reglamento Notarial vigente, ateniéndose a lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y al artículo 43, apartado uno, de la Ley 14/
El artículo 52, apartado 1, de la Ley 10/2007 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008, dispone que para dicho ejercicio se elevan los tipos de cuantía fija de las tasas incluidas en el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el ejercicio 2007, con las excepciones que en la propia Ley se indican.
Les Corts han advertido un error en el texto tramitado para la publicación de la Ley 15/2007, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Presupuestos para el ejercicio 2008, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5670, de 31 de diciembre de 2007, por lo que procede efectuar la siguiente corrección:
En el artículo 37, punto 2, donde dice:
«[...] valores de renta fija emitidos por fondos de titularidad de activos [...]»;
El Registro de Demandantes del Plan Especial de Vivienda nace con el Decreto 32/2006, de 21 de febrero, por el que se crea el Registro de Demandantes del Plan Especial de Vivienda y se establece el sistema de selección de adquirentes de viviendas sujetas al Plan Especial. Dicha norma fue posteriormente desarrollada mediante la Orden de 19 de junio de 2006, por la que se regula el sistema de selección de demandantes de viviendas protegidas del Plan Especial.
Visto el expediente instruido y remitido por el Ministerio de Justicia, sobre concurso ordinario convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2007 (BOE de 20 de noviembre) y resuelto por Resolución de 10 de enero de 2008.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.13 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades que me confiere el Decreto 37/1999 de 12 de abril.
Páginas
|