Comunidades Autónomas

DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Preámbulo



I.



El artículo 202 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece, entre los recursos de la hacienda de la Generalidad, el rendimiento derivado de sus tasas propias por aprovechamientos especiales y por la prestación de servicios directos, ya sean de creación propia o bien como consecuencia de los traspasos de servicios especiales.

Fecha: 
Viernes, 27 Junio, 2008

DECRETO 138/2008, de 17 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2009, y se abre plazo para fijar las fiestas locales.

El apartado 2 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, establece en su párrafo primero, con carácter general, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales, debiendo respetarse, en todo caso, como fiestas de ámbito nacional las de Natividad del Señor, 25 de diciembre, Año Nuevo, 1 de enero, Fiesta del Trabajo, 1 de mayo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.

Fecha: 
Jueves, 26 Junio, 2008

DECRETO 136/2008, de 17 de junio, por el que se modifica el Decreto 318/2007, de 31 de julio, por el que se declaran fiestas propias de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (B.O.C. nº 161, de 10.8.07).



DECRETO 136/2008, de 17 de junio, por el que se modifica el Decreto 318/2007, de 31 de julio, por el que se declaran fiestas propias de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (B.O.C. nº 161, de 10.8.07).

Fecha: 
Jueves, 26 Junio, 2008

DECRETO 125/2008, de 20 de junio, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2009.

El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales, debiendo respetarse en todo caso como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.

Fecha: 
Jueves, 26 Junio, 2008

ORDEN IYJ/1056/2008, de 9 de junio, por la que se nombran Notarios para su destino en la Comunidad de Castilla y León.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».

Fecha: 
Lunes, 23 Junio, 2008

Corrección de errores.-Decreto 253/2007, de 13 de diciembre, de régimen jurídico del suelo y de las edificaciones promovidas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.



Advertidos errores en el Decreto 253/2007, de 13 de diciembre, de régimen jurídico del suelo y de las edificaciones promovidas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, publicado en el Diario Oficial de Galicia, nº 6, del 9 de enero de 2008, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:



En el artículo 20 punto 3, en la última línea, donde dice: «en este capítulo», debe decir: «en este artículo».



En el artículo 22 punto 1, debe suprimirse «con crecimiento del 4% anual».

Fecha: 
Viernes, 20 Junio, 2008

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