Resoluciones

En el presente caso, no consta en el Registro de la propiedad de Terrassa que el censo al que hace referencia este recurso se haya dividido porque no se ha presentado, antes del 1 de julio de 2007, ninguna escritura de división. La consecuencia legal es tajante: el censo que graba la finca matriz 9.144 se ha extinguido ope legis y se puede cancelar por simple instancia de acuerdo con la disposición transitoria 13 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña.

Resolución de 1 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, en el recurso gubernativo interpuesto por el señor F. H. R. contra la calificación del registrador de la propiedad núm. 1 de Terrassa, que deniega la cancelación de un censo por falta de acreditación de la división en el plazo que prevé la disposición transitoria 13 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Date: 
Monday, 26 January, 2009

En el presente caso, no consta en el Registro de la Propiedad de Terrassa que el censo a que hace referencia este recurso se haya dividido porque no se ha presentado, antes del 1 de julio de 2007, ninguna escritura de división. La consecuencia legal es tajante: el censo que graba la finca matriz 9.144 se ha extinguido ope legis y se puede cancelar por simple instancia de acuerdo con la disposición transitoria decimotercera de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña.

Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, en el recurso gubernativo interpuesto por la señora J. H. R., contra la calificación del registrador de la propiedad número 1 de Terrassa, que deniega la cancelación de un censo por falta de acreditación de la división en el plazo que prevé la disposición transitoria decimotercera de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Date: 
Monday, 26 January, 2009

En el presente caso, no consta en el Registro de la Propiedad de Terrassa que el censo a que hace referencia este recurso se haya dividido porque no se ha presentado, antes del 1 de julio de 2007, ninguna escritura de división. La consecuencia legal es tajante: el censo que graba la finca matriz 9.144 se ha extinguido ope legis y se puede cancelar por simple instancia de acuerdo con la disposición transitoria decimotercera de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña.

Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, en el recurso gubernativo interpuesto por la señora J. H. R., contra la calificación del registrador de la propiedad número 1 de Terrassa, que deniega la cancelación de un censo por falta de acreditación de la división en el plazo que prevé la disposición transitoria decimotercera de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Date: 
Monday, 26 January, 2009

La donación sometida a la condición de sobrevivir el donatario al donante. Las donaciones mortis causa en que no hay transmisión de bienes de presente no tienen acceso al registro de la propiedad.

Resolución de 18 de abril de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora J. S. S., en representación de la señora M. D. A. G., contra la calificación de la registradora de la propiedad titular del Registro de Gavà que suspende la inscripción de una escritura de donación .intervivos con efectos postmortem..

Date: 
Tuesday, 27 May, 2008

No hay ningún tipo de duda, pues, sobre que el señor J. A. C. legó todo el piso, y no sólo una mitad indivisa, en usufructo a la compañera y en nuda propiedad a la hija; y eso sólo lo podía hacer habiendo heredado previamente y, por lo tanto, porque había aceptado la herencia de su difunta esposa.

Resolución de 17 de marzo de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora M. A. B. y el señor S. A. B. contra la calificación del registrador de la propiedad titular del Registro número 1 de Barcelona que suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Date: 
Friday, 11 April, 2008

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