Resoluciones

Los registradores de la propiedad quedan vinculados, a todos los efectos, por las resoluciones de esta Dirección General. determinado que el procedimiento que regula el recurso gubernativo es el mismo (con las salvedades ya conocidas) en Cataluña que en el resto del Estado no hay ningún tipo de duda respecto que también es plenamente aplicable la interpretación que hacen las mencionadas resoluciones de 10 y 13 de noviembre de 2006, sin que el registrador se pueda amparar en que son de fecha posterior a sus actuaciones.

Resolución de 20 de marzo de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Barcelona Ildefonso Sánchez Prat, contra la calificación del registrador de la propiedad número 11 de Barcelona, señor José Luis Valle Muñoz, que deniega la inscripción de una escritura que eleva a público un contrato privado de compraventa y modifica normas de una comunidad de propietarios a pesar de la existencia de una resolución de esta Dirección General que estima el recurso presentado previamente.

Date: 
Wednesday, 4 April, 2007

No hay bastante con catalogar este acto como de disposición (admitiendo, claro está, que lo sea la división) para exigir, a partir de aquí, que lo tenga que consentir al cónyuge o conviviente en unión estable de pareja, o que tenga que manifestar que la vivienda no tiene carácter familiar, según sea oportuno. Hace falta, además, que comprometa el uso.

Resolución de 19 de febrero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Barcelona señor Mariano-José Gimeno Valentín-Gamazo, contra la calificación del registrador de la propiedad titular del registro número 11 de Barcelona e interino del número 1 de la misma ciudad, señor José Luis Valle Muñoz, que deniega la inscripción de una escritura de división material de una vivienda situada en un edificio en régimen de propiedad horizontal y de adjudicación de las entidades resultantes a las dos hermanas copropietarias.

Date: 
Monday, 2 April, 2007

El derecho de uso se extingue si, como consecuencia de la liquidación del régimen de gananciales, la finca sobre la que recae es adjudicada en pleno y exclusivo dominio al cónyuge titular de este derecho.

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Barcelona señor José Javier Cuevas Castaño contra la calificación del registrador de la propiedad titular del registro número 11 de Barcelona e interino del número 1 de la misma ciudad, señor José Luis Valle Muñoz, que deniega la inscripción registral de una escritura de disolución y liquidación de sociedad conyugal de ganancias.

Date: 
Monday, 2 April, 2007

La heredera del fiduciario, y también sus causahabientes por cualquier título, pueden utilizar el acta de notoriedad que prevé el artículo 82 del Reglamento hipotecario para acreditar, como acto previo, la inexistencia de fideicomisarios, y por lo tanto la extinción del fideicomiso, o que la condición a que se sometió el fideicomiso se ha incumplido por existencia de hijos llegados a la edad de testar, pero no pueden conseguir la inscripción directamente a su nombre con fundamento en el testamento del fiduciario.

Resolución de 15 de febrero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora MBC, representada por el señor Laureano Gómez Fernández, contra la calificación de la registradora de la propiedad titular del registro número 2 de Sant Feliu de Llobregat, señora Maria Teresa Alonso Pardo, que deniega la inscripción de una escritura de aceptación y compraventa de una casa gravada con una sustitución fideicomisaria de residuo sometida a condición.

Date: 
Monday, 2 April, 2007

Dado que no hay ningún obstáculo para hacer constar la consolidación del pacto de supervivencia, la consecuencia lógica es que también se puede inscribir la compraventa de la mitad correspondiente a esta consolidación que la señora RDR otorgó a favor de la mercantil MPI, SL.

Resolución de 22 de enero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la entidad mercantil MPI, SL, y por el notario de Mataró señor Miguel Benet Mancho contra las calificaciones efectuadas por el registrador de la propiedad de Santa Coloma de Farners, señor Javier Navarro Gonzalez, que deniegan, respectivamente, la inscripción de una escritura de consolidación de pacto de supervivencia por muerte del marido y la correlativa de venta de la mitad indivisa del inmueble adquirida en virtud de la mencionada consolidación.

Date: 
Tuesday, 6 February, 2007

Para proceder a la cancelación de la inscripción de la condición resolutoria, la legislación civil aplicable a la prescripción de la pretensión que deriva de la obligación garantizada es el artículo 344 de la Compilación, sin perjuicio, obviamente, que se pueda proceder antes a cancelarla por una vía diferente a la de la caducidad del asentamiento por prescripción.

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2007, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el señor IRG contra la calificación del registrador de la propiedad núm. 10 de Barcelona, señor José Ignacio Santos-Suárez Márquez, denegatoria de la cancelación registral de una condición resolutoria constituida para garantizar el pago aplazado de parte del precio fijado en escritura de compraventa

Date: 
Tuesday, 6 February, 2007

La prescripción hará falta probarla en el procedimiento judicial que corresponda, y el asiento registral estará vigente, y se presumirá exacto, mientras no se declare lo contrario judicialmente o se modifique por acuerdo de las partes interesadas. Pero en el caso presente, además, consta que el titular del censo solicitó la interrupción de prescripción que preveía el artículo 44, en relación con el 14, de la Ley de censos de 1945 por instancia de 17 de septiembre de 1987. En consecuencia, este censo está plenamente vigente, sin perjuicio que se pueda exigir la redención al amparo y en los términos que prevé la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro quinto del Código civil de Cataluña.

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por VL-G, en representación de JMAF y de JFN, contra la calificación de la registradora de la propiedad número 15 de Barcelona, señora Aurora del Monte Arrieta, denegatoria de la cancelación de unas inscripciones de censos no divididos entre fincas integradas en un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal.

Date: 
Monday, 11 December, 2006

La cuestión que aquí se plantea es si se puede inscribir en el Registro de la Propiedad el pacto contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales postnupciales donde los cónyuges convienen que, en caso de una hipotética separación del matrimonio, la vivienda familiar (de titularidad exclusiva del marido) quedará propiedad de ambos por mitades. Es importante remarcar que el pacto especifica, además, que la mencionada atribución de la mitad a la esposa lo es "[c]omo compensación económica por sus aportaciones y a los efectos de regular el artículo 41 del Código de familia".

Resolución de 30 de octubre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por la señora MVT contra la calificación de la registradora de la propiedad de Olot por la cual se deniega la inscripción de un pacto en previsión de ruptura matrimonial contenido en una escritura pública de capítulos matrimoniales.

Date: 
Friday, 1 December, 2006

Es preciso concluir, pues, que la Dirección general de Derecho y Entidades Jurídicas es competente para conocer y resolver este recurso. Las normas de conflicto vigentes en Bélgica, probadas de manera suficiente en este expediente, llevan a la aplicación del derecho civil catalán. Está claro que el testamento que rige la sucesión contiene institución de heredero.

RESOLUCIÓN JUS/3360/2006, de 18 de octubre, por la que se da publicidad de la Resolución de 18 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por RFP, en nombre de IC s.l. que representa a AJMT, contra la calificación de la registradora de la propiedad de Torredembarra.

Date: 
Thursday, 26 October, 2006

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