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Resoluciones-Date: Friday, 28 March, 2025 -Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo a practicar el asiento de presentación de una escritura de herencia por estar vigente otro asiento de presentación de la misma escritura. Date: Saturday, 22 March, 2025 -Date: Saturday, 22 March, 2025 -Date: Saturday, 22 March, 2025 El texto plantea un conflicto sobre el órgano competente para resolver un recurso. El recurrente lo presenta ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, afirmando que es competente, pero sin justificarlo. Sin embargo, la registradora de la propiedad remite el expediente a la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, al considerar que esta última es la competente. No obstante, no ha informado explícitamente de ello, como exige el artículo 3.3 de la Ley 5/2009, sobre la presentación del recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.Resolución JUS/792/2025, de 24 de enero, relativa al recurso interpuesto por J. G. V., procurador de los tribunales, que actúa en nombre y representación de E. C. N., contra la nota de calificación negativa de la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Tortosa núm. 2 de una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Tortosa núm. 1 que declara prescrito un derecho de vuelo y la nulidad de la escritura de declaración de obra nueva, modificación de propiedad horizontal y constitución de derecho de vuelo. Date: Friday, 14 March, 2025 -Resolución JUS/791/2025, de 20 de enero, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por J. J. H. F. contra la calificación de la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Badalona núm. 1 que suspende la inscripción de la escritura pública de enmienda de otra escritura anterior de división de propiedad horizontal y extinción de comunidad en relación con el plazo del derecho de vuelo o sobreedificación Date: Friday, 14 March, 2025 Revocación de un pacto sucesorio y los efectos según el caso. Si la persona afectada no se opone, el pacto se vuelve ineficaz; si se opone y no es notificada correctamente, la revocación no surte efecto y debe resolverse judicialmente. Mientras no haya sentencia firme, el pacto sigue teniendo efectos de manera condicionada. La oposición debe llegar al conocimiento del causante para que comience el plazo de un año para ratificarla judicialmente. En casos donde el causante no conoce la oposición, pero esta ha sido notificada al notario, las copias de la escritura deben reflejarla. Por ello, es aconsejable evitar emitir copias de la revocación hasta que venza el plazo para presentar oposición.Resolución JUS/790/2024, de 5 de diciembre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por J. P. O. contra la calificación de la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de El Vendrell núm. 2 Date: Friday, 14 March, 2025 -Date: Monday, 3 March, 2025 -Date: Friday, 28 February, 2025 -Date: Friday, 28 February, 2025 Pages |