Resoluciones

Se decide no inscribir en el registro la escritura de compraventa de un edificio entero destinado a viviendas ya que no se ha notificado a la Administración para pueda ejercer, si procede, el derecho de tanteo según artículos 15 de la Ley del derecho a la vivienda (LDH) y 173 y 174 de la Ley de urbanismo (LU)

RESOLUCIÓN JUS/906/2022, de 29 de marzo, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por O. Ll. 2000, SL, contra la calificación de la registradora titular del Registro de la Propiedad núm. 1 de Manresa que suspende la inscripción de una escritura de compraventa de un edificio plurifamiliar destinado a viviendas por falta de notificación a la Agencia de la Vivienda de Cataluña en los términos que resultan del artículo 174 de la Ley de urbanismo.

Fecha: 
Miércoles, 6 Abril, 2022

Debe cumplirse el requisito de legitimación notarial de las firmas con las que las personas titulares de los cargos correspondientes suscriban las certificaciones de acuerdos sociales que se incorporen a la escritura de elevación a público.

Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora mercantil y de bienes muebles II de Granada, en relación con una escritura de elevación a público de acuerdos sociales, por el defecto de no constar legitimadas las firmas de presidente y secretaria en la certificación donde constan los acuerdos solemnizados.

Fecha: 
Lunes, 28 Marzo, 2022

La legitimación para disolver la sociedad de gananciales la tienen los cónyuges y, en caso de defunción, sus herederos. Las sobrinas del marido, si como herederas del marido adquieren la mitad de los bienes de la sociedad de gananciales que corresponden a este, no pasa lo mismo con la mitad que corresponde a la mujer, ya que estos bienes corresponden a los sobrinos de su mujer, designados por esta como sustitutos en su testamento.

RESOLUCIÓN JUS/702/2022, de 11 de marzo, dictada en el recurso interpuesto por Salvador Farrés Ripoll, notario de Barcelona, contra la calificación negativa de 25 de octubre de 2021 del registrador de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Mollet del Vallès, de suspensión de la inscripción de una escritura de disolución de sociedad conyugal y manifestación de herencias.

Fecha: 
Lunes, 21 Marzo, 2022

Los registradores afectados por este recurso mantienen una posición diferente y contrapuesta, en el sentido de entender que la finca disputa, de acuerdo con la demarcación registral legalmente establecida, tendría que figurar en el registro de su titularidad respectiva. La regla específica del artículo 2 de los RRHH dice que es competente aquel registro de los dos que contenga la porción de terreno de mayor cabida, aunque pueda tener un trozo de terreno de menor cabida que esté ubicado en el territorio del registro colindante.

RESOLUCIÓN JUS/701/2022, de 28 de febrero, que admite la competencia y resuelve el recurso interpuesto por la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Barcelona núm. 12 contra la nota de denegación del registrador de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Barcelona núm. 11 que deniega la expedición del certificado del historial de una finca a los efectos de su traslado.

Fecha: 
Lunes, 21 Marzo, 2022

Mediante instancia se solicita la cancelación por caducidad de dos notas marginales de afección urbanística. Siendo la nota marginal de afección es de fecha 3 de junio de 2014, por lo que su caducidad se producirá a los siete años (cfr. artículo 20 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio

Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2, por la que se deniega la cancelación por caducidad de notas de afección urbanística.

Fecha: 
Jueves, 24 Febrero, 2022

Vigente la nota marginal de cierre por baja provisional en el Índice de Entidades, no podrá practicar ningún asiento en la hoja abierta a la sociedad afectada, a salvo las excepciones 276 y 277 del Reglamento del Impuesto de Sociedades. Y producido tal cierre, ni siquiera puede inscribirse –como pretende la recurrente– el cese de la administradora.

Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil y de bienes muebles I de Málaga, por la que resuelve no practicar la inscripción de una escritura de renuncia al cargo de administrador único por encontrarse la sociedad de baja provisional en el Índice de Entidades del Ministerio de Hacienda, y por haberle sido revocado el número de identificación fiscal.

Fecha: 
Miércoles, 16 Febrero, 2022

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