Se decide no inscribir en el registro la escritura de compraventa de un edificio entero destinado a viviendas ya que no se ha notificado a la Administración para pueda ejercer, si procede, el derecho de tanteo según artículos 15 de la Ley del derecho a la vivienda (LDH) y 173 y 174 de la Ley de urbanismo (LU)

Fecha: 
Miércoles, 6 Abril, 2022