Resoluciones

No puede efectuarse el depósito de las cuentas anuales de una sociedad, cuando aún no conste efectuado el depósito del ejercicio precedente. Así, en el caso, mientras no se produzca el depósito de las cuentas correspondientes al ejercicio 2013, no procede el depósito de las correspondientes al ejercicio 2014 de donde resulta la desestimación del recurso.

Resolución de 3 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles XVII de Madrid, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2014.

Fecha: 
Jueves, 22 Octubre, 2015

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