Resoluciones

En el presente caso, tal y como resulta del expediente, aunque el recurrente interpuso recurso contra la Resolución desestimatoria de la Dirección General de los Registros y del Notariado el día 21 de octubre de 2016 dentro de plazo, su entrada en el Registro no se produjo hasta el día 3 de abril de 2017, y a tal fecha el asiento de presentación ya había caducado. Por la misma razón, no cabe llevar a cabo la prórroga en base a la solicitud presentada el día 4 de mayo de 2017, por lo que es correcta la actuación de la registradora al denegar la prórroga del asiento.

Resolución de 23 de octubre de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora mercantil y de bienes muebles II de Santa Cruz de Tenerife, por la que se deniega la solicitud de suspensión de la vigencia del asiento de presentación correspondiente al depósito de cuentas de una sociedad mercantil.

Fecha: 
Miércoles, 15 Noviembre, 2017

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