Resoluciones

Unas mismas cantidades no pueden devengar simultáneamente intereses ordinarios y de demora, mas, respetada esta exigencia, ninguna dificultad hay para poder reclamar todos los intereses, sean remuneratorios o de demora, realmente devengados y cubiertos por las respectivas definiciones de su garantía hipotecaria -dentro de los máximos legales- aun cuando se reclamen intereses remuneratorios de los cinco últimos años e intereses moratorios también de los cinco últimos años, si así procediera, por ser distintas y de vencimiento diferente las cantidades que devengan unos y otros y, por tanto, a ambos puede extenderse la garantía hipotecaria dentro de dichos límites.

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2000, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Letrado don Francisco Ángel Rodriguez-Gigirey Pérez, en nombre y representación de «Banco Central Hispanoamericano, Sociedad Anónima» frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Vivero, don Juan Bris Montes, a inscribir una escritura de préstamo hipotecario en virtud de apelación de dicho Registrador.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Ningún obstáculo existe para hacer constar por vía de anotación preventiva el ejercicio en la querella criminal de la acción civil derivada del delito si esta acción, como ahora ocurre, tiene efectiva trascendencia real

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2000, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Letrada doña Josefa C. Rúa Gallo, en nombre de doña Rosa y doña Dolores Prieto Vásquez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Pontevedra número 1, don, Carlos Olavarrieta Manden a practicar una anotación preventiva de querella, en virtud de apelación de la recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Es evidente que si una finca está inscrita, no pueda procederse a su inmatriculación, como se deriva palmariamente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2000, de da Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales, doña Montserrat González González, en, representación de doña Nicolasa González Martínez, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Villarcayo, doña María Amparo Llorente Ayuso a inscribir un testimonio de auto recaído en, expediente de dominio para inmatricular determinadas fincas, en, virtud de apelación, de la recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

El recurso gubernativo frente a las calificaciones registrales participa de la misma naturaleza especial que la función registral, que no encaja en la judicial ni mucho menos en la administrativa al versar sobre cuestiones civiles, por lo que la normativa a que está sujeto es la específica contenida en la legislación hipotecaria, sin que quepa la aplicación al mismo de la que rige para procedimientos de otra naturaleza

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribu hales doña Carmen Gatera de Haro, en, nombre de «Morelor, Sociedad Limitada», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Fuengirola, número 1, don, Jesús Lanzas Jiménez, a practicar determinadas cancelaciones en virtud de apelación, de la recurrente

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Ningún obstáculo existe para hacer constar por vía de anotación preventiva el ejercicio en la querella criminal de la acción civil derivada del delito si esta acción, como ahora ocurre, tiene efectiva trascendencia real

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2000, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Letrada doña Josefa C. Rúa Gallo, en nombre de doña Rosa y doña Dolores Prieto Vásquez, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Pontevedra número 1, don, Carlos Olavarrieta Manden a practicar una anotación preventiva de querella, en virtud de apelación de la recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Como la persona que tiene el doble cometido de vender y comprar debe defender, a la vez, intereses contrapuestos, es regla (que tiene su confirmación en el artículo 267 del Código de Comercio) que sólo habrá poder suficiente si la persona de quien se reciben los poderes o facultades de venta o de compra da para ello licencia o autorización especia

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Santa Cruz de Tenerife don Lucas Raya Medina, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de La Orotava don José Félix Merino Escartín a inscribir una escritura de compraventa en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Otorgado un documento privado de venta por medio de representante, la atribución de forma pública del mismo incumbe al representado, pues es en su esfera jurídica donde despliega todos sus efectos el negocio realizado por el representante

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2000, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Daniela Fejermán Ferro, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Callosa de Ensarriá, don Jaime Mayor Martínez, a inscribir una escritura de elevación, a público de un contrato privado de compraventa, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

ningún obstáculo existe para hacer constar por vía de anotación preventiva el ejercicio en la querella criminal de la acción civil derivada del delito si esta acción, como ahora ocurre, tiene efectiva trascendencia real

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2000, de da Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por don Justiniano Muñoz Moreno, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Torrijos, doña María del Carmen, de la Rocha Celada, a practicar una anotación, preventiva de querella, en, virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

Unas mismas cantidades no pueden devengar simultáneamente intereses ordinarios y de demora, mas, respetada esta exigencia, ninguna dificultad hay para poder reclamar todos los intereses, sean remuneratorios o de demora, realmente devengados y cubiertos por las respectivas definiciones de su garantía hipotecaria -dentro de los máximos legales - aun cuando se reclamen intereses remuneratorios de los cinco últimos años e intereses moratorios también de los cinco últimos años, si así procediera, por ser distintas y de vencimiento diferente las cantidades que devengan unos y otros y, por tanto, a ambos puede extenderse la garantía hipotecaria dentro de dichos límites.

RESOLUCIÓN de 22 noviembre de 2000, de da Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por el Letrado don Francisco Ángel Rodríguez-Gigirey Pérez, en, nombre y representación de «Banco Central Hispanoamericano, Sociedad Anónima», frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Vivero, don Juan Bris Montes, a inscribir una escritura de préstamo hipotecario en, virtud de apelación, de dicho Registrador.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

El Registrador, ante la solicitud de certificación deberá limitarse a comprobar el interés legítimo del solicitante (cfr. artículo 227 Ley Hipotecaria), pues tal comprobación es lo único que impone en tal supuesto, la protección registral de los derechos inscritos que tiene encomendada

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2000, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el Delegado Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Cantabria, en nombre de la misma, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Santander, número 2, don Gerardo Muriedas Mazorra, a librar una certificación, de dominio y cargas de una finca embargada, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
Martes, 9 Enero, 2001

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