La Orden Foral 9/2000, de 20 de enero, aprobó el modelo 198 de declaración de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador.
El régimen jurídico de las Sociedades Cooperativas Castellano y Leonesas, establecido al amparo del artículo 32.1.24.ª de la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de cooperativas, se contiene en la Ley 4/2002, de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el apartado 7 de su artículo 48 preceptúa que la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que deberá publicarse antes del comienzo de cada año.
Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, atribuye a las Comunidades Autónomas la facultad de fijar, en su respectivo ámbito y con sujeción al calendario laboral oficial, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que también comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondiente a cada Comunidad Autónoma, a las que será de aplicación. Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
Los precios públicos, al igual que las tasas, se cuantifican en función de los costes inherentes al servicio o actividad que se remunera. Con el fin de mantener la correspondencia precio-coste que sirvió de base a su establecimiento, la previsión de incremento de las tasas para 2005, al igual que en ejercicios anteriores, actualiza los tipos de cuantía fija de las tasas en un porcentaje equivalente al que se espera que evolucionen los referidos costes. Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
El PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 10/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2005.
Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 2005.
TITULO I
De los créditos y sus modificaciones
CAPITULO I Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
INDICE
PREAMBULO
Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2004
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