EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente:
LEY EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA:
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/2008, de 21 de abril, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
El Decreto 141/2005 de 30 de diciembre constituye el marco normativo por el que se regulan las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo en el ámbito de la Región de Murcia, para el cuatrienio 2005-2008.
El Presidente del Principado de Asturias
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de medidas presupuestarias urgentes.
Preámbulo
El artículo 170 del Estatuto de autonomía de Cataluña atribuye a la Generalidad la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales.
Mediante el Decreto 12/2006, de 9 de febrero, por el que se establecen medidas para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda en Cantabria, se viene regulando la política de ayudas en materia de vivienda en la Comunidad Autónoma, diseñando distintas formulas para llevar a cabo la ejecución y gestión del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008, aprobado por el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.
Por el Decreto 4/2008, de 23 de enero, se reguló la Organización y Funcionamiento del Registro del Principado de Asturias de Instrucciones Previas en el ámbito sanitario (BOPA de 7 de febrero).
Se han advertido diversos errores en el texto publicado de la Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5669, de 28 de diciembre de 2007, por lo que procede efectuar las siguientes correcciones:
– En el título de la ley en castellano, página 47657,
Donde dice:
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