Resoluciones

Poco importa que, como alegan los representantes de esta sociedad mercantil en su escrito de interposición el recurso, no haya intención alguna de desarrollar la actividad prevista en dicho apartado. El caso es que queda previsto en los estatutos que pueda dedicarse la mercantil a la promoción del deporte y ello lo que comporta es una vulneración tanto del artículo 13 de la Ley del Deporte como del artículo 406 del Reglamento del Registro Mercantil, como ya se ha señalado.

RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el «Club de Fútbol Ciudad de Albacete, Sociedad Limitada» contra la negativa del Registrador Mercantil de Albacete, don Flavio Muñoz García a inscribir la constitución de dicha sociedad por razón de la denominación adoptada.

Fecha: 
Jueves, 27 Febrero, 2003

En el recurso gubernativo no deben ser tenidos en cuenta los argumentos jurídicos consignados en el informe y no en la calificación de la Registradora. Este motivo es suficiente para revocar dicha calificación, habida cuenta que en la escritura calificada no se realiza operación alguna de ajuste al céntimo conforme al artículo 28 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, de introducción del euro.

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2003, de da Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por «Inmocanroc SL», contra la negativa de la Registradora Mercantil titular del Registro número IV de Madrid doña Eloísa Bermejo Zofío a inscribir una reducción de capital.

Fecha: 
Jueves, 27 Febrero, 2003

En el recurso gubernativo no deben ser tenidos en cuenta los argumentos jurídicos consignados en el informe y no en la calificación de la Registradora. Este motivo es suficiente para revocar dicha calificación, habida cuenta que en la escritura calificada no se realiza operación alguna de ajuste al céntimo conforme al artículo 28 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, de introducción del euro.

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2003, de da Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por «Inmocanroc SL», contra la negativa de la Registradora Mercantil titular del Registro número IV de Madrid doña Eloísa Bermejo Zofío a inscribir una reducción de capital.

Fecha: 
Jueves, 27 Febrero, 2003

No habiendo intervenido el deudor, al menos en las operaciones de liquidación de gananciales, y siendo éstas antecedentes de las hereditarias, propiamente dichas, (sin prejuzgar, como, se dijo, los efectos de la adjudicación en subasta de los derechos hereditarios propiamente dichos) hay que confirmar el defecto, si bien, en cuanto puede subsanarlo el cónyuge viudo mediante su ratificación, debe calificarse como defecto subsanable.

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2002 de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por doña Juana y doña Isabel Reverte Palazón y la sociedad mercantil «Navarro Lorca, Sociedad Limitada», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Águilas, don José Ángel Cardenal Zubizarreta, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal y de aceptación y de liquidación de herencias.

Fecha: 
Jueves, 6 Febrero, 2003

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