Resoluciones

Se presenta en el Registro una escritura de concesión del derecho de opción de compra sobre parte de dos fincas. En la escritura se contienen, entre otras, las siguientes estipulaciones: Se concede el derecho de opción sobre unos metros cuadrados «delimitados en el plano que se adjunta como la parcela número seis, que forman parte de las fincas descritas.

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Castro del Río, don Manuel Rodríguez-Poyo Segura, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de dicha ciudad, doña María Rosa Fuentes Cruz, a inscribir una escritura de opción de camera

Date: 
Wednesday, 16 July, 2003

Se presenta en el Registro Acta de manifestaciones por la que el representante de una Sociedad declara la mayor cabida de una finca, acompañando una certificación catastral

RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2003, de la Dirección Gene ral de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por « Campocierto, S.L.» , contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alcalá de Guadaira, don Juan Navarro Rodríguez, a inscribir un acta notarial de manifestaciones

Date: 
Wednesday, 16 July, 2003

En una sustitución vulgar para el caso de premoriencia del instituido, los sustitutos aparecen condicionalmente instituidos de suerte que, acreditado el cumplimiento de la condición que determina su llamamiento, la muerte del instituido, habrá que probar la razón por la que el mismo no tiene efectividad.

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Casquete de Prado Montero de Espinosa, Notario de Viso de Alcor, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad de Sevilla n.° 9, doña María Luisa Moreno-Torres Camy, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad conyugal y partición de herencia.

Date: 
Friday, 27 June, 2003

El recurso ha de ser estimado. Tiene razón el Notario informante cuando afirma que la exigencia formal de titularidad debe cohonestarse con la libertad que tienen los herederos para, primeramente entregar los legados, y dejar para un momento posterior la partición. La dificultad que encuentra el Registrador para realizar las correspondientes inscripciones puede obviarse fácilmente inscribiendo la obra nueva y los pisos no entregados a favor de la comunidad hereditaria surgida por el fallecimiento del causante sin que, por la especial naturaleza de dicha comunidad, hayan de reflejarse participaciones proindiviso de los herederos en cada bien concreto.

RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Pedro Rodríguez Fernández, contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 2 de Avilés, don Francisco-Javier Vallejo Amo a practicar la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva, división en régimen de propiedad horizontal y entrega de legado.

Date: 
Thursday, 26 June, 2003

Para apreciar el valor y los efectos del convenio hecho en un acto de conciliación ha de analizarse cuál sea la verdadera naturaleza de dicho acto, que en nuestra legislación procesal constituye una actuación de carácter preliminar que debe intentarse en general para poder entablar el juicio declarativo, cuyos efectos determina el artículo 476 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 (vigente, según la disposición derogatoria única, apartado 1.2.a de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil) al prescribir que lo convenido por las partes en acto de conciliación se llevará a afecto por el mismo Juez ante el que se celebró, por los trámites establecidos para la ejecución de las sentencias dictadas en juicio verbal, y cuando se trate de asuntos de la competencia del propio Juez, y en los demás casos tendrá el valor y eficacia de un convenio consignado en documento público y solemne; si bien ello no significa que sea título inscribible, ya que cuando el acuerdo entre los interesados tiene lugar no es, fundamentalmente, más que un acuerdo entre partes y los convenios conciliatorios no tiene las garantías de las resoluciones judiciales ni de las transacciones u otros contratos autorizados por Notario (cfr. Resolución de 1 de julio de 1943).

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Antonio Carmona Casado, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Montilla, don Diego Palacios Criado, a inscribir un testimonio de acta de conciliación relativa a la compraventa de una finca.

Date: 
Thursday, 26 June, 2003

No puede ser inscrito ahora a favor de otro condómino sin que en escritura pública se recoja la transmisión en su día operada, con lo que junto a los demás documentos presentados podrá inscribirse en un solo asiento que refleje las diversas transmisiones, aplicándose entonces la doctrina del tracto abreviado.

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María del Carmen Gostanza Beriguete, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Elda, don Martín-José Brotons Rodríguez, a inscribir un testimonio de un auto sobre liquidación de una comunidad de bienes.

Date: 
Monday, 23 June, 2003

Pages