Resoluciones

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad

Date: 
Friday, 24 October, 2003

La renuncia unilateral no precisa consentimiento del concedente de la opción.

RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Sigma Servicios Inmobiliarios, S.A., contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 11 de Madrid, don Julio Soler García, a inscribir una escritura de opción de compra.

Date: 
Friday, 24 October, 2003

La construcción de nuevas plantas y cualquier alteración de estructura o fábrica del edificio en propiedad horizontal que afecte al título constitutivo requiere acuerdo del resto de los propietarios. Si se trata de una inmatriculación, el escrito inicial debe expresar la naturaleza del expediente que se trata de iniciar, al efecto de que el juez siga los trámites que corresponden, y para ello debe el promotor de tal expediente expresar los requisitos que el artículo 274 del Reglamento Hipotecario establece.

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la comunidad de herederos de los esposos don Gerardo Blanco Villar y dona Encarnación Paz Blanco, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad, número seis, de A Coruña, doña Hermes Rego Valcarce, a inscribir determinado auto recaído en expediente de dominio.

Date: 
Friday, 24 October, 2003

Ya no está en manos del actual titular subsanar las deficiencias formales del primero de ellos por la vía del artículo 1.279 del Código Civil pues no tiene acción directa más que frente a su vendedora, no frente a los coherederos de la misma y cuyo consentimiento sería necesario para esa protocolización del cuaderno particional privado que la propia registradora considera necesaria, salvo que ésta tenga una idea de lo que es una protocolización incompatible con las exigencias del artículo 3.° de la Ley Hipotecaria.

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Tomás Alarcón Zamora y don Julio Gómez García, frente a la negativa de la Registradora de la Propiedad de Motilla del Palancar, doña María Ángeles Hernández Toribio, a inscribir un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo registral de una finca

Date: 
Tuesday, 21 October, 2003

Las descripciones de las fincas, cuando mencionan linderos por los nombres de los titulares de las colindantes, no hacen fe de que éstos sean efectivamente sus dueños. A la afirmación del Juez de que está acreditada la mayor cabida, no puede oponerse, como hace el Registrador, dudas sobre la identidad de la finca, cuestión cuyo objeto depende exclusivamente del Juez

RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Castaño Villaescusa, contra la negativa del Señor Registrador de la Propiedad, número uno de Motril, don César Alfonso Frías Román, a practicar la inscripción de un auto recaído en expediente de dominio.

Date: 
Tuesday, 14 October, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Date: 
Tuesday, 14 October, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Date: 
Tuesday, 14 October, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L., contra la negativa del Registrador de la Propiedad número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Date: 
Tuesday, 14 October, 2003

La caducidad como forma de extinción de los asientos no puede ser aplicada extensivamente. Sin entrar ahora, por imperativo de lo establecido en el artículo 326 párrafo primero de la Ley Hipotecaria, en el tema de si la anotación letra A está o no caducada, es lo cierto que la anotación C está vigente y en ella se contienen todos los datos necesarios para la eficacia del procedimiento correspondiente y para su vigencia como asiento autónomo

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Watson Elemental, S.L, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número dos de Eivissa, don Miguel Peña Romero, a cancelar una anotación preventiva de embargo por caducidad.

Date: 
Tuesday, 14 October, 2003

Pages