LEY 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007



Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.



PREÁMBULO

I

Fecha: 
dissabte, 30 desembre, 2006

LEY 5/2007, de 16 de marzo, de modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 5/2007, de 16 de marzo, de modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

Preámbulo

Fecha: 
dimarts, 20 març, 2007

LEY 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Fecha: 
dilluns, 18 desembre, 2006

CORRECCIÓN de errores de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007

Advertido error en el texto de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007 (B.O.C. nº 252, de 30.12.06), en la redacción de los artículos 22 y 23 de la misma, se procede a su rectificación en los siguientes términos:

Artículo 22.4:

Fecha: 
divendres, 30 març, 2007

DECRETO 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias.

La fortaleza de un sistema democrático de gobierno se asienta en la fuerza y en el grado de organización de su sociedad civil, por esta razón la participación en la gestión de lo público no debe hacerse en exclusiva desde los ámbitos institucionales, sino también desde la ciudadanía organizada con voluntad de servicio a la colectividad y al interés general. Muchos de los derechos de los que disfrutamos en la actualidad se han alcanzado gracias al esfuerzo de hombres y mujeres que se asociaron con la voluntad de conseguirlos.

Fecha: 
dijous, 22 febrer, 2007

LEY 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción.

PREÁMBULO

Fecha: 
dimarts, 27 febrer, 2007

DECRETO 45/2007, de 27 de febrero, por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, y el Decreto 20/2005, de 22 de febrero, que encomienda a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario a cargo de los Registradores de la Propiedad del ejercicio de funciones administrativas respecto de la aplicación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Administración Tributaria Canaria se encuentra en la actualidad en un proceso de reorganización en búsqueda de una mayor eficiencia.

Fecha: 
dijous, 8 març, 2007

ORDEN de 27 de febrero de 2007, por la que se establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y se fijan los módulos para el año 2007.

Los artículos 87.2 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y 10 y 11.1 del Decreto 34/2002, de 8 de abril, por el que se aprueban las normas de desarrollo del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, establecen la competencia de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de Hacienda para establecer la producción sujeta y no exenta al citado impuesto que debe integrar el ámbito objetivo del régimen simplificado y las cuotas a ingre

Fecha: 
dimarts, 13 març, 2007

ORDEN de 21 de marzo de 2007, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2007.

El artículo 50.1.A) de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, establece que la determinación del importe de las cuotas devengadas en concepto de Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) por los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado se realizará a través del procedimiento, índices, módulos y demás parámetros que establezca la Consejería competente en materia de hacienda del Gobierno de Canarias.

Fecha: 
divendres, 30 març, 2007

Resolución de 13 de marzo de 2007, por la que se adapta el modelo 600, de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, es un tributo cedido a la Comunidad Autónoma de Canarias, la cual ha asumido las competencias establecidas en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, respecto de su gestión, y ello en los términos previstos en la Ley 27/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de

Fecha: 
dilluns, 26 març, 2007

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