LEY 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
LEY 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
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LegislaciónLEY 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
Fecha: Miércoles, 3 Octubre, 2001 No puede accederse a la cancelación solicitada toda vez que no se ha extinguido la concesión inscrita, sino sólo se modifican en algún aspecto parcial las condiciones de transmisión de los derechos que traigan causa del concesionario.RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «L' Empresa Municipal de Desenvolupament Urbá de Cornellá, Sociedad Anónima», y del Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Hospitalet de Llobregat, número 2, don Antonio Holgado Cristeto, a practicar determinadas cancelaciones, en virtud de apelación de los recurrentes. Fecha: Jueves, 27 Septiembre, 2001 DECRET 252/2001, de 12 de setembre, pel qual es declara d’utilitat pública i d’urgent execució la concentració parcel·lària de la zona regable del terme municipal de la Sentiu de Sió.
Fecha: Jueves, 27 Septiembre, 2001 DECRET 251/2001, de 12 de setembre, pel qual es declara d’utilitat pública i d’urgent execució la concentració parcel·lària de la zona regable del terme municipal d’Oliola (zona nord).
Fecha: Jueves, 27 Septiembre, 2001 LEY 10/2001, de 17 de septiembre, del Plan Gallego de Estadística 2002-2006.
Fecha: Jueves, 27 Septiembre, 2001 LEY FORAL 20/2001, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
EL VICEPRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Fecha: Miércoles, 26 Septiembre, 2001 CORRECCIÓ D’ERRADA a l’Ordre de 24 de novembre de 2000, per la qual s’estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l’any 2001 (DOGC núm. 3278, pàg. 15462, d’1.12.2000).
Havent observat una errada al text de l’Ordre esmentada, tramès al DOGC i publicat en el núm. 3278, pàg. 15462, de 1.12.2000, se’n detalla la correcció oportuna. A la pàgina 15464, a la comarca del Baix Camp, on diu: "Prades, 22 d’agost i 22 d’octubre.", Fecha: Martes, 25 Septiembre, 2001 QÜESTIÓ d’inconstitucionalitat número 2140/1993, plantejada per la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya respecte de diversos preceptes del Decret legislatiu de la Generalitat de Catalunya 1/1990, de 12 de juliol, que va aprovar el Text refós de les disposicions legals vigents en matèria urbanística, així com del Reial decret 1346/1976, de 9 d’abril, que va aprovar el Text refós de la Llei sobre règim del sòl i ordenació urbana (sentència).
Fecha: Lunes, 17 Septiembre, 2001 Normalmente la cualidad de expropiado consta en el Registro sólo de manera implícita, pues en la inscripción de la expropiación consta la persona del anterior titular, contra quien se dirigió el expediente; ahora bien, legalmente está reconocida la posibilidad de transmisión de tal cualidad, puesto que el derecho de reversión se reconoce a favor del expropiado y de sus causahabientes (cfr. artículo 54 de la Ley de Expropiación Forzosa), por lo que los derechos que atribuye tal cualidad son perfectamente inscribibles por gozar de la inmediatividad y eficacia «erga ornes» de todo derecho real. Pero para inscribir tales derechos han de concurrir todos los requisitos legales, y esencialmente, los de documentación pública y «tracto sucesivo».RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Luyegona, Sociedad Limitada» contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid número 35, don Manuel Amorós Guardiola, a inscribir una instancia solicitando la inscripción, de los derechos de reversión, de propiedad, en virtud de apelación del recurrente. Fecha: Sábado, 8 Septiembre, 2001 En el sistema legal se admite que la sanación de acuerdos nulos sea efectiva no sólo mediante el correspondiente acuerdo social de convalidación sino también por la pasividad de los legitimados para el ejercicio de la acción de impugnación, caducidad que en el presente caso ha operado por el transcurso de más de un año desde la publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» de los acuerdos de reducción y aumento del capital, según se acredita mediante la escritura calificada, de suerte que, aparte esa circunstancia temporal, serán suficientes para que pueda ser dicha caducidad apreciada por el Registrador la inexistencia de anotación preventiva de la demanda de impugnaciónRESOLUCIÓN de 30 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Guillermo Jiménez Palacios, en nombre de «Megara Ibérica, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador mercantil número 15 de Madrid, don Juan Pablo Ruano Borrella, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de reducción y aumento del capital. Fecha: Sábado, 8 Septiembre, 2001 Páginas |