Resoluciones

Ciertamente ha de rechazarse la anotación pretendida por cuanto los bienes trabados aparecen inscritos a favor de personas distintas de los demandados, incumpliéndose así el requisito del tracto sucesivo (cfr. artículos 24 Constitución Española y 20 Ley Hipotecaria), sin que tal obstáculo quede salvado por el hecho de que los bienes embargados hubieran tenido anteriormente la condición de gananciales

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2002, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por «Acerada Transformados, S. A.» contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Torrejón de Ardoz, don, Antonio Moro Serrano, a practicar una anotación preventiva de embargo, en, virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 18 Abril, 2002

Incluso en el supuesto de que se entendiera que tal retracto puede ejercitarse aisladamente, es decir, finca por finca, tampoco es necesaria la distribución del precio, pues en tal supuesto el que tendría que pagar el retrayente sería el satisfecho por la venta, independientemente del precio por el que la finca se transmitió la primera vez.

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2002, de da Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don Gerardo Muñoz de Dios, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Talavera de la Reina número 1, doña María del Carmen, de la Rocha Celada, a inscribir la escritura de segregación, y compraventa, en, virtud de apelación de la señora Registradora.

Fecha: 
Miércoles, 17 Abril, 2002

Y es que una exigencia como la que pretende el registrador podría ser difícil de cumplir por lo prolijo en el caso de amortización de acciones propias adquiridas en virtud de una pluralidad de títulos, en momentos distintos y por precios que pueden haber sido muy diferentes, de suerte que si el legislador hubiera pretendido una publicidad complementaria sin duda la hubiera impuesto en relación con el importe de los recursos que quedan liberados de la reserva citada, que habría de corresponder al valor de su adquisición por imperativo del artículo 195.1 de la misma Ley, pero no lo ha hecho.

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2002, de da Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por «Sociedad Anónima de Comercio y Servicio Electrodoméstico», frente a la negativa del Registrador Mercantil número XIV de Barcelona, don, Luis Fernández del Pozo, a inscribir un acuerdo de reducción del capital social de dicha compañía.

Fecha: 
Miércoles, 17 Abril, 2002

El Registro Mercantil no tiene por objeto, respecto de las sociedades de responsabilidad limitada, la constatación y protección jurídica sustantiva del tráfico jurídico sobre las participaciones en que se divide el capital social de aquéllas, sino la de la estructura y régimen de funcionamiento de tales entidades, de modo que las participaciones sociales tienen un régimen de legitimación y una ley de circulación que operan al margen del Registro, por lo que la circunstancia de que los asientos registrales hagan pública una situación de pluripersonalidad no puede constituir óbice alguno a la inscripción de acuerdos sociales

RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don José Manuel García Collantes, Guillermo Jiménez Palacios, contra la negativa del Registrador Mercantil número Vll de Madrid, don Antonio Hueso Gallo, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de fusión.

Fecha: 
Miércoles, 17 Abril, 2002

Si no ha sido parte en el procedimiento la entidad a cuyo favor constan inscritos los bienes, no es posible acceder a la anotación pretendida.

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por doña Elvira Rivera Álvarez, contra la negativa del señor Registrador de la Propiedad número dos de Terrassa, número 2, don Jesús Carrión Alonso, a practicar una anotación preventiva de querella en, virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Miércoles, 17 Abril, 2002

El promotor del expediente no adquirió del titular registral, sino que, entre éste y aquél existen transmisiones intermedias que no tuvieron acceso al Registro, por lo cual está plenamente justificada la utilización del expediente de dominio.

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en, el recurso gubernativo interpuesto por don Maudilio García Gómez, contra la negativa del Registradora de la Propiedad de Talavera de la Reina, número 1, doña María del Carmen, de la Rocha Celada, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio, en virtud de apelación de la Registrardora.

Fecha: 
Lunes, 4 Marzo, 2002

Lo que se pretende con la norma estatutaria es no hacer necesario el consentimiento unánime de la Junta de la Comunidad de Propietarios para la realización de los actos que se enumeran, sin que sea preciso añadir que tales actos no pueden ir en contra de normas imperativas, pues, como dice el auto recurrido, las prevenciones legales delimitadoras del contenido y de las posibilidades de ejercicio de un derecho real cumplen su función por sí mismas, sin que necesiten la publicidad registral.

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario don Francisco Javier Teijeiro Vidal, contra la negativa del Registrador de la Propiedad número tres de Alicante, don Fernando Trigo Por tela, a inscribir una escritura de declaración, de obra nueva y división horizontal, en virtud de apelación del señor Registrador.

Fecha: 
Lunes, 4 Marzo, 2002

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