La Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo previsto por el Código Civil, el Estatuto de Autonomía de Extremadura y la Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención a menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, asume determinadas competencias, a través de la Consejería de Bienestar Social, en materia de adopción, incluida su modalidad internacional cuando los solicitantes tienen su residencia en Extremadura, en cuyo supuesto al órgano autonómico le corresponde canalizar las solicitudes de adopción ante la autoridad central del país
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANTABRIA
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PREAMBULO
En los últimos años se ha producido en Aragón, y en general en toda España, un significativo incremento en el número de solicitudes de adopción, especialmente de carácter internacional, y en el número de niños y niñas adoptados.
Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo del sector de Empleados de Notarías de Cataluña para el período del 7.6.2005 a 31.12.2006 suscrito, por la parte empresarial por los representantes de la Associació professional de Notaris de Catalunya y por parte de los trabajadores, por los representantes de CCOO -COMFIA- y UGT -FES- el día 6 de junio de 2005, y de conformidad con lo que establecen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el a
El Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
Exposición de motivos
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Fecha: Viernes, 30 Septiembre, 2005
Fecha: Viernes, 30 Septiembre, 2005
El Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreta Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinan reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.
Fecha: Viernes, 30 Septiembre, 2005
Visto que el nombramiento de notarios que deben ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad de Cataluña, en virtud de lo que dispone el artículo 24.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado por la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre;
Considerando la Resolución de 15 de junio de 2005, por la que se anuncia concurso para la provisión de notarías vacantes (BOE núm. 148, de 22.6.2005), y considerando el expediente instruido para su provisión; Fecha: Jueves, 29 Septiembre, 2005
Por Resolución de 15 de junio de 2005 ("Boletín Oficial del Estado" del día 22), la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso número 2 de 2005 de los correspondientes a provisión ordinaria de Notarías, expediente que incluía ciertas vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto por el artículo 88 del Reglamento Notarial. Fecha: Miércoles, 28 Septiembre, 2005
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