En virtud de lo previsto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía, de conformidad con la legislación vigente y las facultades que me atribuye el Decreto 45/1999, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, a la vista del expediente instruido para la provisión ordinaria de Notarías vacantes comprendidas en el concurso ordinario convocado por Resolución de 17 de enero de 2006 («Boletín Oficial del Estado» de 24) he resuelto nombrar Notario para las Notarías que a continuación se detallan:
El nombramiento de los notarios que hayan de ejercer en el territorio de Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA
|
|
Fecha: Miércoles, 15 Marzo, 2006
Fecha: Miércoles, 15 Marzo, 2006
De conformidad con el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes en el territorio de la Comunidad Valenciana, con motivo del concurso ordinario convocado por la Resolución de 17 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto por la Resolución de 28 de febrero de 2006, de conformidad con los artículos 23, 88 al 96 y demás concordantes del Reglamento Notarial vigente, ateniéndose a lo establecido en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y al artículo 43, apartado
Vista el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector de Empleados de Notarías de Aragón (Código de Convenio 72/0001/5), suscrita el día 13 de febrero de 2006, de una parte por la Asociación Patronal Aragonesa de Notarios (A.P.A.N.), en representación de las empresas del sector, y de otra la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras de Aragón representación de los trabajadores afectados, en la que se acuerda la revisión salarial del 2005, recibida en esta Dirección General el 22 de febrero, y de conformid
Visto el expediente instruido en virtud del concurso ordinario convocado por Resolución de 17 de enero de 2006 (B.O.E. de 24 de enero), para la provisión de vacantes de Notarías.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Por Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, se transfirió a la Comunidad Foral de Navarra el ejercicio de la facultad de imposición de las sanciones previstas en el artículo 57 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Ley 8/1980, de 10 de marzo, así como las restantes previstas en la legislación laboral, hasta las cuantías máximas establecidas en las disposiciones correspondientes.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE CUENTAS GENERALES DE NAVARRA DE 2004.
El Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
Exposición de Motivos
Páginas
|