El Diputado General de Gipuzkoa,
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente "Norma Foral 7/2005 de 20 de octubre, por la que se aprueba el Presupuesto de las Juntas Generales de Gipuzkoa para el año 2006" a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.
Donostia-San Sebastián, a 20 de octubre de 2005.
Fecha: Miércoles, 22 Febrero, 2006
Advertidos errores en el texto remitido para la publicación del Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la promoción, adquisición y arrendamiento protegido de la Vivienda Joven en Castilla y León, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 247, de 26 de diciembre de 2005, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
– En la página 22067, en el artículo 5, apartado 2.º:
Donde dice:
Fecha: Miércoles, 22 Febrero, 2006
Con base en el artículo 153 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria se regula, por Decreto Foral 178/2001, de 2 de julio, el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra, como órgano delegado del Gobierno de Navarra al que se atribuye la competencia para el conocimiento de las reclamaciones económico-administrativas estableciéndose en el mismo Decreto Foral organización, composición y funcionamiento.
Fecha: Viernes, 17 Febrero, 2006
La Disposición Adicional Única de la Ley de Cantabri a 11/2002, de 23 de diciembre, introducida por el art í c u l o
1 3 . Trece de la Ley 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Administra t i vas y Fiscales dispone que “La dirección G e n e ral de Hacienda dictará cada año Resolución en la que se enumere las cuantías que limitan la Reducción de la base imponible del Impuesto de sucesiones y Donaciones regulada en el apartado 2 del artículo 1 de esta Ley ” .
Fecha: Viernes, 17 Febrero, 2006
La Ley Foral 22/1998, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 36, y su Reglamento, en los artículos 32 y siguientes, regulan el régimen de estimación objetiva en orden a la determinación de los rendimientos de las pequeñas y medianas empresas y de los profesionales. Fecha: Viernes, 17 Febrero, 2006
Con la finalidad de evitar que las pautas actuales en la edificación comprometan la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña ha considerado prioritario redactar, con carácter de urgencia, este Decreto de adopción de criterios de ecoeficiencia en los edificios, para continuar el proceso de cambio social encauzado por los municipios, en la manera de concebir, diseñar, construir y utilizar los edificios, desde la perspectiva de la sostenibilidad ambiental.
Fecha: Miércoles, 15 Febrero, 2006
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