Advertidos errores en la Orden Foral 410/2005, de 30 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los precios medios de venta de vehículos usados, aplicables en la gestión de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Especial sobre Determinados Medios de Transporte, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 15, de fecha 3 de febrero de 2006, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En el anexo I.1, "Precios medios de Vehículos de turismo usados durante el primer año posterior a su primera matriculación", deben ser eliminados:
En la pág. 1275, donde dice:
BMW 525 d (E60) - 2497 6 D 177 130 17,90 35.000
En la pág. 1275, donde dice:
BMW 530 d Touring (E60) - 2993 6 D 218 160 19,95 39.300
En la pág. 1278, donde dice:
CHRYSLER SEBRING 2.0 LE - 1996 4 G 140 103 13,30 18.500
En la pág. 1279, donde dice:
CITROEN C5 1.6 HDI SX / VTR 2005 1560 4 D 110 81 11,48 22.000
En la pág. 1279, donde dice:
CITROEN C5 1.6 HDI Break SX 2005 1560 4 D 110 81 11,48 22.700
En la pág. 1321, donde dice:
TOYOTA COROLLA 1.6 WT-i Sol 2004 1598 4 G 110 81 11,64 14.400
En el anexo I.2, "Precios medios de Vehículos todo terreno usados durante el primer año posterior a su primera matriculación":
En la pág. 1333, uno de los dos existentes debe ser eliminado donde dice:
NISSAN TERRANO 2.7 TDI Aventura 5p 2002-2004 2664 4 D 125 92 15,82 25.300
En la pág. 1334, donde dice:
NISSAN TERRANO II 2.4 SLX 5p / SE 3p 1993-1996 2389 4 G 124 91 14,82 17.300
debe decir:
NISSAN TERRANO II 2.4 SLX 3p 1993-1996 2389 4 G 124 91 14,82 17.300
En la pág. 1335, donde dice:
SSANGYONG MUSSO 2.9 602 Lux AUT 1995-2001 2874 5 D 100 74 18,10 19.700
debe decir:
SSANGYONG MUSSO 2.9 602 Lux 1995-2001 2874 5 D 100 74 18,10 19.700
En el anexo III, página 1374, donde dice "Porcentajes de valoración determinados en función de los años de utilización a aplicar a los precios medios fijados por el Ministerio de Economía y Hacienda para embarcaciones y motores marinos:", debe decir "Porcentajes de valoración determinados en función de los años de utilización a aplicar a los precios medios fijados para embarcaciones y motores marinos:"
En el anexo IV, página 1374, donde dice "Porcentajes determinados en función de los años de utilización a aplicar a los precios fijados por el Ministerio de Economía y Hacienda, para vehículos de turismo, todo terreno y motocicletas ya matriculados:", debe decir "Porcentajes determinados en función de los años de utilización a aplicar a los precios fijados para vehículos de turismo, todo terreno y motocicletas ya matriculados:"
Pamplona, 18 de abril de 2006._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.