Mediante Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de julio de 2008, se anunció concurso para la provisión de notarías vacantes, entre las que figuraba una en San Adrián (Navarra). Fecha: divendres, 3 octubre, 2008
Los cobros de los ingresos a favor de la Hacienda de Navarra se vienen realizando a través de entidades de depósito declaradas como "entidades colaboradoras", en los términos recogidos en el Reglamento de Recaudación, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio. En su virtud, los deudores deberán ingresar en las cuentas abiertas al efecto en estas entidades los importes correspondientes, acompañando el modelo normalizado que se establezca para cada tipo de ingreso de que se trate.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE MEDIDAS PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA DE NAVARRA 2009-2011.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: dilluns, 17 novembre, 2008
I
La Disposición Final Quinta de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra faculta de forma expresa al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución.
El Decreto Foral, además de aprobar el Reglamento en el artículo único, incluye tres Disposiciones transitorias, una derogatoria y dos finales. Fecha: divendres, 10 octubre, 2008
El artículo 90.1 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone que los cobros de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos serán efectuados por el Departamento de Economía y Hacienda mediante transferencia bancaria, en efectivo a través de las cuentas abiertas en el Banco de España o de las entidades financieras colaboradoras, mediante cheque, o por cualquier otro medio de cobro, sea o no bancario, en las condiciones reglamentariamente establecidas. Fecha: dimecres, 22 octubre, 2008
El artículo 73 de la Ley Foral 24/1996 de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, indica que los sujetos pasivos de dicho impuesto efectuarán, durante los veinte primeros días naturales del mes de octubre de cada año, un pago anticipado a cuenta de la correspondiente liquidación del ejercicio en curso, disponiendo para ello dos modalidades diferentes. Si los sujetos pasivos optan por la segunda modalidad de pago fraccionado deberán ponerlo de manifiesto de modo expreso en el modelo S-91. Fecha: dimecres, 24 setembre, 2008
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Advertido un error en el texto de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5.416, de 28 de diciembre de 2006, se procede a efectuar la corrección siguiente:
Artículo 5
Versión valenciana:
Donde dice:
«GRD012 2.872,2»;
Advertidos errores en el texto de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el Ejercicio 2007, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5.417, de 29 de diciembre de 2006, deben hacerse las siguientes correcciones:
1. En la página 41.389, artículo 27.2.bis, párrafo segundo, Donde dice:
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Preámbulo
Fecha: dijous, 28 desembre, 2006
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