Advertidos errores en la citada Ley del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 247, de 27 de diciembre de 2013 (versión en lengua castellana), se procede a su corrección en los siguientes términos:
Fecha: dimecres, 26 febrer, 2014
El nombramiento de los notarios que tengan que ejercer en el territorio de Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
Exposición de motivos
En el actual mundo globalizado, las instituciones gallegas, comprometidas con el aprovechamiento de las potencialidades de Galicia, deben valorizar el gallego como una lengua con utilidad internacional, algo que indicó a su debido tiempo el autor a quien se dedicó el Día das Letras de 2012, que llegó a ejercer como vicepresidente de la Comissão Galega do Acordo Ortográfico da Lingua Portuguesa.
El artículo 56.8 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, dispone, en su párrafo primero, que:
La Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, modificó el artículo 182 g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en el sentido de limitar el recurso al procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de los contratos que se refieran a bienes cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Administración.
El artículo 16 bis 5 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, encomienda al Gobierno de la Nación la fijación mediante real decreto, oídas las comunidades autónomas, del ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas añadiendo, además, que éste será coincidente con el de su plan hidrológico.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 modifica el artículo 182 g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en el sentido de limitar el recurso al procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de los contratos que se refieran a bienes cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Administración, siempre que la adopción del tipo de que se trate se haya efectuado, previa e independientemente, en Fecha: divendres, 12 gener, 2007
Fecha: dissabte, 15 desembre, 2018
Fecha: dissabte, 15 desembre, 2018
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