Resoluciones

No hay duda de que la aportación de un ejemplar, sea único o existan otros, de la resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Artajona de 24 de abril de 2003 por la que se concede licencia de obras, cuya competencia no se cuestiona -ni podría serlo a la vista del artículo 319.1.ª de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra- y cuya autoría queda bajo fe notarial, satisface sobradamente las exigencias de la legislación urbanística y registral a los fines para los que se exige.

Resolución de 6 de octubre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Servicios Financieros de Navarra S. A., frente a la negativa del registrador de la propiedad de Tafalla número 2, don Bernardo Felipe Ariño, a inscribir una escritura de declaración de obra nueva.

Fecha: 
dijous, 9 desembre, 2004

En este expediente, presentada determinada instancia por la que se solicita que se rectifique -para hacer constar la nulidad- de la inscripción de la extinción del usufructo de la finca referida, se recurre contra la negativa del Registrador de la Propiedad a practicar asiento alguno «por impedirlo el principio de legalidad consagrado en el artículo 3 de la Ley Hipotecaria, sin que pueda practicarse asiento de presentación, de conformidad con el artículo 420 números 1 y 3 del Reglamento Hipotecario».

Resolución de 8 de octubre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María Luisa Vázquez García, contra la negativa del registrador de la propiedad de Baracaldo, don Juan Antonio Leyva de Leyva, a practicar la rectificación de determinada inscripción.

Fecha: 
dijous, 9 desembre, 2004

La mera referencia en el título calificado a la liquidación del saldo existente entre ambas entidades derivado del suministro referido carece de virtualidad suficiente para que las distintas obligaciones derivadas de dicha relación pierdan su exigibilidad aislada y sean sustituidas con pleno alcance novatorio por una obligación sustantiva e independiente por el saldo resultante, que pudiera por sí sostener la garantía hipotecaria.

Resolución de 11 de octubre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Esteve y Mañez, Mármoles, S. A., contra la negativa del registrador de la propiedad de Quintanar de la Orden, don Andrés Juez Pérez, a inscribir una escritura de constitución de hipoteca en garantía de determinadas obligaciones.

Fecha: 
dijous, 9 desembre, 2004

La falta de un mandato expreso de cancelar dos inscripciones contradictorias podría llevar a plantearse el significado de la exigencia reglamentaria -se contiene en el artículo 286 del Reglamento Hipotecario pero no en el 202 de la Ley- de que el auto aprobatorio del expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo de una finca disponga la cancelación de las inscripciones contradictorias, exigencia que la Resolución de este Centro de 7 de marzo de 1979 calificara de un rigor formal excesivo y quizá no totalmente justificable

Resolución de 4 de octubre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Asunción Pescador Rodríguez, frente a la negativa de la registradora de la propiedad de Peñaranda de Bracamonte doña Gloria Montilla Sarmiento, a inscribir un auto dictado en expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo de una finca.

Fecha: 
dijous, 9 desembre, 2004

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