Resoluciones

El mandamiento expresa con toda claridad que se declaran embargados los derechos que pudieran corresponder al ejecutado sobre la cuota global de los bienes que en la liquidación de la sociedad de gananciales formada junto a la ejecutante y en especial sobre determinado inmueble, no hay obstáculo para, conforme a la doctrina fijada por este Centro Directivo en la Resolución de 10 de octubre de 1998, practicar la anotación ordenada por la autoridad judicial.

Resolución de 18 de enero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso interpuesto por doña María del Carmen Torrado del Puerto contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Majadahonda n.º 2, a inscribir una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
divendres, 23 febrer, 2007

El objeto del embargo cuando la traba se contrae a los derechos que puedan corresponder a un cónyuge en bienes gananciales singulares carece de verdadera sustantividad jurídica; no puede ser configurado como un auténtico objeto de derecho susceptible de una futura enajenación judicial (cfr. Resolución de 8 de julio de 1991) y, por tanto, debe rechazarse su reflejo registral, conforme a los previsto en los artículos 1 y 2 de la Ley Hipotecaria.

Resolución de 17 de enero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso interpuesto por doña María del Carmen Torrado del Puerto contra la negativa del registrador de la propiedad de Majadahonda n.º 2, a inscribir una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
divendres, 23 febrer, 2007

Dado que la calificación de los documentos administrativos tiene un alcance limitado, sin embargo llega a la competencia del órgano administrativo y en este caso es correcta la actuación del Registrador, aunque las administraciones tributarias del Estado, las comunidades autónomas y entidades locales tengan el deber de colaboración entre sí en los órganos de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos locales.

Resolución de 24 de enero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Mijas contra la negativa del registrador de la propiedad de Fuengirola, n.º 2, a practicar una anotación preventiva de embargo.

Fecha: 
dijous, 22 febrer, 2007

La objeción que hace la Registradora al número de años invocando la disposición final segunda de la Ley de Patrimonio de las Administraciones públicas no es aplicable ya que parece clara la intención del legislador de no aplicar dicha ley a la Administración local que se rige por sus propias disposiciones (arts. 96 y 97 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de la Comunidad de Madrid).

Resolución de 15 de enero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Getafe don Vicente Nieto Olano contra la negativa de la registradora de la propiedad de Getafe n.º 2, a inscribir una escritura de permuta.

Fecha: 
dijous, 22 febrer, 2007

El que dicho título reparcelatorio pueda haber adolecido de algún defecto en su tramitación, es cuestión que ahora es ajena a la actuación registral, pues no cabe olvidar que la calificación registral fue en su día favorable a la inscripción, de manera que ahora cualquier rectificación de los asientos practicados -debe insistirse- requiere el consentimiento de todos los afectados o en su caso resolución judicial firme en procedimiento adecuado seguido contra todos los titulares registrales.

Resolución de 19 de diciembre de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por Zona Comercial Pinos de Alhaurín S. L., contra la negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 7, a la inscripción de un acta notarial de manifestación unilateral de hechos.

Fecha: 
dimarts, 23 gener, 2007

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