Comunidades Autónomas

Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja



El Presidente de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:

Exposición de motivos

1

El Estatuto de Autonomía de La Rioja establece en su artículo octavo que corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia exclusiva en materia de estadística para fines no estatales.

Fecha: 
dijous, 3 març, 2005

NORMA FORAL 9/2004 de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2005.

      Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente "Norma Foral 9/2004, de 23 de diciembre por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2005" a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.

      En Donostia-San Sebastián, a 23 de diciembre de 2004.

Fecha: 
dijous, 3 març, 2005

Corrección de errores.- Ley 13/2004, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2005.

Advertidos errores en el texto publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 253, del jueves 30 de diciembre de 2004, es necesario realizar las oportunas correcciones:

En la página 18.378, artículo 3, punto tres, encima del cuadro, debe decir: «(miles de euros)».

En la página 18.382, donde dice: «Artículo 9.- decuación de créditos.», debe decir: «Artículo 9.-Adecuación de créditos».

Fecha: 
dimarts, 1 març, 2005

ORDEN ECF/73/2005, de 10 de febrero, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalidad de Cataluña y del Departamento de Economía y Finanzas.

El régimen jurídico de las tasas y los precios públicos de la Generalidad de Cataluña está constituido por la Ley 15/1997, de 24 de diciembre. Esta norma ha sido objeto de modificación en numerosas ocasiones, principalmente mediante las leyes de medidas fiscales y administrativas y también por las leyes de presupuestos a través de las cuales se han incrementado en varias ocasiones, las tasas de cuantía fija. Todas estas modificaciones, tanto sustantivas como de cuantía, pueden generar una cierta inseguridad jurídica que debe corregirse.

Fecha: 
dilluns, 28 febrer, 2005

RESOLUCION de 11 de febrero de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se nombra Notario

De conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 a) de la Ley 1/1985, de 4 de junio, reguladora de la publicación de las normas, así como de las disposiciones y otros actos de los órganos del Principado de Asturias, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 del Estaturo de Autonomía y lo previsto en el artículo 23 del vigente Reglamento Notarial.

Fecha: 
divendres, 25 febrer, 2005

ORDEN de 18 de enero de 2005, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre organización y funcionamiento del Registro de Cajas de Ahorro de Euskadi y del Registro de Altos Cargos.

      El artículo 11 de la Ley 3/1991, de 8 de noviembre, de Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Euskadi, crea el Registro de Cajas de Ahorro de Euskadi, indicando las inscripciones que han de constar en dicho Registro e incidiendo en el carácter público del mismo.
Fecha: 
divendres, 25 febrer, 2005

DECRETO 23/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la composición de la Junta Distribuidora de Herencias.



    El Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón, sobre regulación de las actuaciones administrativas en la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en los casos de disposición voluntaria a favor de personas indeterminadas, crea la Junta Distribuidora de Herencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, como órgano competente para la distribución del caudal relicto del que la Comunidad Autónoma de Aragón haya sido declarada heredera intestada.
Fecha: 
dijous, 24 febrer, 2005

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