Comunidades Autónomas

ORDEN ECF/109/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueban los modelos 600, 610, 611, 615. 616 y 630, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y se fija la cuota de la tasa que graba el suministro del modelo 600 en soporte papel.

En el marco del nuevo sistema de financiación, la Generalidad de Cataluña tiene asumidas competencias en el ámbito de la gestión y la liquidación de tributos cedidos, entre las que hay que incluir la relativa a la aprobación de los modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Fecha: 
divendres, 1 abril, 2005

DECRETO 50/2005, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el cambio de la denominación de Colegio Notarial de Zaragoza, por la de Colegio Notarial de Aragón.

La Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, determina, en su artículo 10, lo siguiente: «2. El cambio de denominación de un Colegio Profesional deberá ser propuesto por el propio Colegio, de acuerdo con lo que dispongan sus estatutos, y requerirá la aprobación del Gobierno de Aragón mediante Decreto, previo informe del correspondiente Consejo de Colegios de Aragón, si estuviera constituido, y de los Colegios que pudieran resultar afectados por el nuevo nombre.

Fecha: 
dimecres, 30 març, 2005

Corrección de error en la Ley de Cantabria 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Administrativas y Fiscales.

Advertidos errores en el texto de la Ley de Medidas Administrativas y Fiscales, aprobada por el Pleno del Parlamento de Cantabria en sesión celebrada los días dieciséis y diecisiete de diciembre de dos mil cuatro, y consecuentemente en la certificación expedidas el veintidós de diciembre de dos mil cuatro, se subsanan aquellos de la siguiente manera:

Fecha: 
dimarts, 22 març, 2005

Ley 3/2005, de 7 de marzo, de modificación de la Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes.



PREÁMBULO



La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, pretendió fijar los principios de una nueva relación médico-enfermo, apartándose del carácter paternalista para ir hacia una relación basada en el principio de autonomía de la persona. El ciudadano cambia su condición de mero enfermo para pasar a ser considerado usuario de los servicios sanitarios, nueva situación ésta en la que consecuentemente resalta el derecho a la información sanitaria.

Fecha: 
dilluns, 21 març, 2005

ORDEN de 25 de febrero de 2005, de la Conselleria de Sanidad, de desarrollo del Decreto 168/2004, de 10 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el Documento de Voluntades Anticipadas y se crea el Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas.

El Decreto 168/2004, de 10 de septiembre del Consell de la Generalitat, prevé la creación de un Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas de la Comunidad Valenciana en la Conselleria de Sanitat, adscrito a la Dirección General que ostente competencias en materia de calidad y atención al paciente, al efecto de que las personas otorgantes puedan inscribir el otorgamiento, la modificación, sustitución o revocación de los documentos de voluntades anticipadas.

Fecha: 
dimarts, 15 març, 2005

EDICTO de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por el que se declara nulo el artículo 17 del Decreto 240/2003, de 14 de octubre, del Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco publicado en el BOPV n.º 207 de 23-10-03 de Cajas de Ahorros.

      Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 3160/03, promovido por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián contra el Decreto 240/2003 de 14 de octubre, de Cajas de Ahorros (BOPV de 23-10-03), se ha dictado sentencia el 04-11-2004, que ha alcanzado el carácter de firme, en cuyo fallo se ha acordado:

      Declarar Nulo el artículo 17 del Decreto 240/2003 de 14 de octubre (BOPV de fecha 23-10-2003).

Fecha: 
dimarts, 15 març, 2005

DECRETO FORAL 35/2005, de 21 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración suscritos con entidades financieras en el año 1996.

El Decreto Foral 185/1996 de 15 de abril, reguló las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda, acogidos a los acuerdos de colaboración suscritos con las entidades financieras en el año 1996. El artículo 2 del referido decreto foral establecía que el tipo de interés efectivo anual (TAE) correspondiente a los citados préstamos sería revisado cada tres años, a partir del primer trimestre de 1999 y hasta la amortización de los préstamos concedidos en 1996.

Fecha: 
dilluns, 14 març, 2005

DECRETO FORAL 34/2005, de 21 de febrero, por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración suscritos con las entidades financieras en el año 1995.

El Decreto Foral 47/1995, de 13 de febrero, reguló las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda, acogidos a los acuerdos de colaboración suscritos con las entidades financieras en el año 1995. El artículo 2 del referido decreto foral establecía que el tipo de interés efectivo anual (TAE) correspondiente a los citados préstamos sería revisado cada cinco años, a partir del primer trimestre de 2000 y hasta la amortización de los préstamos concedidos.

Fecha: 
dilluns, 14 març, 2005

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