RESOLUCION de 11 de febrero de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se nombra Notario

De conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 a) de la Ley 1/1985, de 4 de junio, reguladora de la publicación de las normas, así como de las disposiciones y otros actos de los órganos del Principado de Asturias, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 del Estaturo de Autonomía y lo previsto en el artículo 23 del vigente Reglamento Notarial.



R E S U E L V O



Publicar en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2005 por el que se nombra al Notario que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Oviedo, a 11 de febrero de 2005—El Consejero de Economía y Administración Pública, Jaime Rabanal García. —2.765.



Anexo

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 10 DE FEBRERO DE 2005, POR EL QUE SE NOMBRA NOTARIO



El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias en su redacción vigente (Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero) establece en su artículo 13 que, de conformidad con las leyes del Estado, el Consejo de Gobierno nombrará a los Notarios de esta Comunidad Autónoma.

Visto el expediente instruido para la provisión ordinaria de las Notarías vacantes número 423 2.º del año 2004 (convocado por Resolución de 2 de noviembre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado perteneciente al Ministerio de Justicia y, resuelto por Resolución de 27 de enero de 2005, de ese Centro Directivo), de conformidad con lo establecido en el citado artículo 13 del Estatuto y lo previsto en los artículos 23, 88 y demás concordantes del vigente Reglamento Notarial, y a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, el Consejo del Gobierno,



ACUERDA



Primero.—Nombrar al Notario don Pablo Peraire Saus, para la Notaria vacante de Cangas del Narcea.

Segundo.—Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación.

Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en conexión con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Fecha: 
divendres, 25 febrer, 2005