EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:
Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, atribuye a las Comunidades Autónomas la facultad de fijar, en su respectivo ámbito y con sujeción al calendario laboral oficial, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que también comprenderá los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a cada Comunidad Autónoma, a las que será de aplicación. Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Preámbulo
Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY FORAL 2/1995, DE 10 DE MARZO, DE HACIENDAS LOCALES DE NAVARRA, Y SE ACTUALIZAN LAS TARIFAS DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
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Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
La Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, atribuye a las Comunidades Autónomas competencias normativas para regular aspectos de gestión y liquidación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados –artículo 41.2–, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones –artículo 40.2– y respecto a la Tasa Fiscal sobre el Juego –artículo 42.2–.
Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Procurador General.
PREÁMBULO Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS IMPUESTOS Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
Considerando que los ayuntamientos de Cataluña que se relacionan a continuación han formulado propuestas sobre las dos fiestas locales que corresponden a su municipio y agregados, de conformidad con el artículo 37.2 del Estatuto de los trabajadores y con el artículo 46 del Real decreto 2001/1983, corresponde a la autoridad laboral determinarlas y publicarlas.
Se hacen constar en la presente Orden los ayuntamientos que no han formulado propuesta de fiestas locales dentro del plazo señalado. Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
Visto el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en fecha 16 de diciembre de 2005, en virtud de la Ley Orgánica 1/1998, de 15 de junio, de reforma de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia asumió nuevas competencias entre las que se encuentra el nombramiento por el Consejo de Gobierno, de conformidad con las leyes del Estado, de notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y corredores de comercio y del Decreto número 47/98, de 23 de julio, de atribución de competencias a la Consejería de Pr Fecha: divendres, 30 desembre, 2005
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