EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de autorización del endeudamiento para la financiación de créditos de gastos de inversión de los Presupuestos Generales para 2011 prorrogados durante el ejercicio 2012.
Visto el expediente instruido por la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, para la provisión de notarías vacantes por concurso convocado por Resolución de 13 de abril de 2012 (BOE de 23 de abril de 2012) y resuelto por Resolución de la misma Dirección General de 24 de mayo de 2012 (BOE de 4 de junio de 2012), de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo dispuesto en los artículos 23, 88 y demás concordantes del vigente Reglamento Notarial
Fecha: Miércoles, 19 Diciembre, 2012
La Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales establece la posibilidad de que las Comunidades Autónomas, respetando el límite anual mínimo fijado, regulen el número de domingos y días festivos de apertura comercial autorizada, correspondiéndoles, asimismo, determinar sus fechas para su respectivo ámbito territorial.
Fecha: Viernes, 16 Noviembre, 2012
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias 3/2012 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013.
Preámbulo
Fecha: Sábado, 29 Diciembre, 2012
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias 4/2012, de 28 de diciembre, de medidas urgentes en materia de personal, tributaria y presupuestaria.
Preámbulo Fecha: Sábado, 29 Diciembre, 2012
Fecha: Miércoles, 25 Marzo, 2009
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Presupuestos Generales para 2009.
Fecha: Miércoles, 31 Diciembre, 2008
Visto el expediente instruido por la Dirección General de los Registros y del Notariado dependiente del Ministerio de Justicia, para la provisión ordinaria de notarías vacantes, por concurso ordinario convocado por Resolución de 2 de febrero de 2009 (BOE del 9 de febrero) y resuelto por Resolución de la misma Dirección General de 12 de marzo de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo previsto en los artículos 23, 88 y demás concordantes del vigente Reglamento Notarial, a propuesta
A través del artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2003, se creó el Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales del Principado de Asturias. Este impuesto se configura como un tributo extrafiscal de carácter finalista, que grava el funcionamiento de grandes establecimientos comerciales por razón del impacto que ocasionan sobre la ordenación del territorio, el medio ambiente y la trama del comercio urbano de nuestra Comunidad Autónoma. Fecha: Miércoles, 25 Noviembre, 2009
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