Visto el expediente instruido por la Dirección General de los Registros y del Notariado dependiente del Ministerio de Justicia, para la provisión ordinaria de notarías vacantes, por concurso ordinario convocado por Resolución de 25 de mayo de 2009 (BOE del 10 de junio) y resuelto por Resolución de la misma Dirección General de 25 de agosto de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y con lo previsto en los artículos 23, 88 y demás concordantes del vigente Reglamento Notarial, a propuesta d
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de acompañamiento a los presupuestos generales para 2009
Fecha: Miércoles, 31 Diciembre, 2008
El Servicio Jurídico del Principado de Asturias tiene encomendada la representación y defensa de la Administración autonómica, de acuerdo con el artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Fecha: Viernes, 20 Noviembre, 2009
La Constitución Española de 1978 reconoce, en su artículo 43, el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud y la competencia de los poderes públicos para organizar y salvaguardar la salud pública, mediante las medidas preventivas y los servicios necesarios, correspondiendo al Principado de Asturias, en virtud del artículo 11 de su Estatuto de Autonomía, aprobado mediante la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, el desarrollo legislativo y la ejecución de la competencia sobre sanidad e higiene, en el marco de la legislación básica del Estad Fecha: Lunes, 30 Noviembre, 2009
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias, de Presupuestos Generales para 2010.
Preámbulo Fecha: Jueves, 31 Diciembre, 2009
El texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, en su artículo 10 y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y donaciones, en su artículo 9, establecen que la base imponible de estos impuestos estará constituida por el valor real de los bienes y derechos transmitidos.
Fecha: Jueves, 31 Diciembre, 2009
De conformidad con lo establecido en los artículos 7, 8, 9 y 10 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
El Presidente del Principado de Asturias
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010
Preámbulo Fecha: Jueves, 31 Diciembre, 2009
Los importes exigibles por tasas y precios públicos como contraprestación de servicios o actividades desarrolladas por la Administración del Principado de Asturias se actualizan cada ejercicio a través del correspondiente instrumento jurídico, a saber, la Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias, o Decreto del Consejo de Gobierno, respectivamente.
El Presidente del Principado de Asturias
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de Cooperativas.
Preámbulo
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