Resoluciones

En su calificación considera el Registrador que no cabe la posibilidad de subsanar la omisión del valor de tasación de las fincas por acta de subsanación, ya que el mismo habrá de ser determinado por las partes o interesados, conforme al artículo 682.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Resolución de 23 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Banco Vasconia, S. A.», contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Alfaro, por la que se suspende la práctica de la inscripción de una escritura de superposición inmobiliaria a cuenta de crédito.

Fecha: 
Viernes, 14 Octubre, 2005

La Ley 13/1996 esteblece taxativamente (artículo 53 apartado siete) que no se inmatriculará ninguna finca si no se aporta la correspondiente certificación catastral, siendo coincidentes ambas descripciones.

Resolución de 30 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Proyectos Shadow, SL», frente a la negativa del registrador de la propiedad de Valdemoro (Madrid), a inmatricular una finca.

Fecha: 
Viernes, 14 Octubre, 2005

La Ley 13/1996 establece taxativamente (artículo 53 apartado siete) que no se inmatriculará ninguna finca si no se aporta la correspondiente certificación catastral, siendo coincidentes ambas descripciones.

Resolución de 29 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Morgazo, SL», frente a la negativa del registrador de la propiedad de Valdemoro (Madrid), a inmatricular una finca.

Fecha: 
Viernes, 14 Octubre, 2005

En el presente recurso se debate la negativa a practicar una determinada anotación preventiva de demanda de nulidad de una hipoteca que, constando ya anotada en el Registro, fue cancelada como consecuencia del procedimiento de ejecución de la referida hipoteca. En definitiva, se cuestiona la cancelación de aquella anotación dado que no existió mandamiento cancelatorio ordenado por el mismo tribunal que instó su práctica.

Resolución de 20 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por doña Cabal Somoano y don Pedro Kimber Kemper, contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Gijón n.º 5, por la que se suspende la práctica de una anotación preventiva de demanda.

Fecha: 
Jueves, 13 Octubre, 2005

En este expediente se pretende la cancelación de dos hipotecas, en virtud de instancia en la que se alega «prescripción, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Hipotecaria y artículo 121-20 de la Llei 29/2002, de 30 de diciembre, del Codi Civil de Catalunya». Ambas hipotecas se constituyeron en garantía de sendos préstamos que vencían a los seis años de su concesión, mediante escrituras otorgadas los días 2 de mayo y 4 de octubre de 1979.

Resolución de 7 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, contra la negativa del registrador de la propiedad número 7, de Hospitalet de Llobregat, a cancelar una hipoteca.

Fecha: 
Viernes, 7 Octubre, 2005

Si la participación indivisa que «se concreta» en el uso de una plaza de garaje cabe dentro de la total titularidad del vendedor, circunstancia en contra de la cual nada afirma la Registradora, no es imprescindible la escritura rectificada ya que todos los datos necesarios para realizar la inscripción constan de los tomados de la inscripción anterior (consecuencia del título rectificado) y de la escritura que ahora se presenta.

Resolución de 21 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Orba don Francisco José Mondaray Pérez, frente a la negativa de la registradora de la propiedad de Pedreguer a inscribir una escritura de rectificación de otra de compraventa.

Fecha: 
Lunes, 19 Septiembre, 2005

En el presente supuesto, si la participación indivisa que «se concreta» en el uso de una plaza de garaje cabe dentro de la total titularidad del vendedor, circunstancia en contra de la cual nada afirma la Registradora, no es imprescindible la escritura rectificada ya que todos los datos necesarios para realizar la inscripción constan de los tomados de la inscripción anterior (consecuencia del título rectificado) y de la escritura que ahora se presenta.

Resolución de 21 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Orba don Francisco José Mondaray Pérez, frente a la negativa de la registradora de la propiedad de Pedreguer, a inscribir una escritura de rectificación de otra de compraventa.

Fecha: 
Viernes, 16 Septiembre, 2005

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