Resoluciones

Se plantea en el presente recurso si una sociedad profesional constituida por dos socios –uno profesional y otro no profesional– puede o no adoptar una denominación en la que se incluyen referencias a unos apellidos que coinciden con el primero de cada uno de tales socios junto a un elemento objetivo.

Resolución de 18 de diciembre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Jávea, don Juan Luis Millet Sancho, contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles III de Alicante, a inscribir la escritura de constitución de una sociedad limitada profesional.

Fecha: 
Jueves, 17 Febrero, 2011

En el presente recurso se trata de dilucidar si existe identidad entre una denominación social reservada e inscrita y otra que quiere ser adoptada por una sociedad en constitución.

Resolución de 25 de noviembre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por "Habitalia Consultoría y Gestión de Proyectos SL", contra la nota de calificación del registrador mercantil central a expedir una certificación de denominación de "Argostalia, SL".

Fecha: 
Lunes, 3 Enero, 2011

Es objeto del recurso la negativa del Registrador Mercantil Central a expedir certificación acreditativa del hecho de no estar registrada en la Sección de denominaciones la de «GC Ibérica, S.L.», dada la existencia de las denominaciones «GC S.A.» y «GECE S.L.» entre otras, y carecer el término «Ibérica» de virtualidad diferenciadora, en tanto que incluido en la relación de términos genéricos.

Resolución de 26 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por "GC Europe SA", contra la negativa del registrador mercantil central I, a reservar la denominación social "GC Ibérica, SL" en favor de aquella sociedad.

Fecha: 
Lunes, 29 Noviembre, 2010

En el supuesto al que se refiere el presente recurso, con la modificación estatutaria que se formaliza mediante la escritura calificada se introduce en el régimen de transmisión de las participaciones sociales lo que se denomina «derecho de salida de los socios», según el cual éstos podrán vender en cualquier momento total o parcialmente sus participaciones a la propia sociedad, y ésta queda obligada a comprarlas según las reglas que se detallan.

Resolución de 2 de noviembre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil XIII de Madrid, a inscribir una escritura de modificación de los Estatutos Sociales de dicha entidad.

Fecha: 
Martes, 23 Noviembre, 2010

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