Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
La Ley 5/1992, de 26 de noviembre (D.O.E. n.º 99, de 22 de diciembre de 1992), sobre Ordenación de las Producciones Agrarias en Extremadura crea el Registro de Explotaciones Agrarias en su artículo 3º, cuyo funcionamiento se regula en el Decreto 3/1993, de 26 de enero (D.O.E. n.º 15, de 4 de febrero de 1993). Según establece dicho Decreto en su artículo 2º, los titulares de las explotaciones agrarias de Extremadura están obligados a presentar una declaración, con los datos que la Administración regional les solicite.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREAMBULO Fecha: Miércoles, 21 Marzo, 2007
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presenten vieren y entedieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
PREÁMBULO
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 5/2007, de 16 de marzo, de modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
Preámbulo
Para el Gobierno de las Islas Baleares es de máximo interés la modernización de su estructura administrativa y, en este objetivo, las nuevas tecnologías y la informática ocupan un lugar trascendental. Así, en el deseable proceso de cambio y modernización de la Administración pública, resulta fundamental impulsar la utilización de las herramientas informáticas más modernas, en consonancia con la exigencia constitucional de que la Administración pública actúe con eficacia (artículo 103.1 de la Constitución).
En el marco de la modernización de la Administración de la Generalidad de Cataluña y actualización de los procedimientos administrativos mediante la incorporación de las nuevas tecnologías, hay que destacar en el ámbito de la gestión tributaria el artículo 32 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, por el que se insta al Departamento de Economía y Finanzas a promover la presentación por vía telemática de declaraciones, escrituras públicas y otros documentos relativos a la gestión tributaria.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: Miércoles, 14 Marzo, 2007
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