JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción.
PREÁMBULO
La Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón establece la elaboración de unas Bases para la Política del Agua en Aragón, instrumento fundamentalmente entendido desde la finalidad de la planificación hidrológica, que, tras el correspondiente debate en el seno del Instituto Aragonés del Agua y de toda la sociedad, será presentado a las Cortes de Aragón para su debate y la formulación, en su caso, de las correspondientes resoluciones, dando así lugar, al nivel más alto posible, a una concreción de la política arago
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA,
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE MODIFICACION DE LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA, EN MATERIA DE CONTRATACION LOCAL.
EXPOSICION DE MOTIVOS
1 Fecha: Viernes, 23 Febrero, 2007
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA,
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL POR LA QUE SE REGULA PARA EL AÑO 2007 EL PROGRAMA PREVER EN LO QUE RESPECTA AL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Y AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. Fecha: Viernes, 23 Febrero, 2007
EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente «Norma Foral 7/2006 de 20 de octubre, de Montes de Gipuzkoa», a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.
Donostia-San Sebastián, a 20 de octubre de 2006.
La fortaleza de un sistema democrático de gobierno se asienta en la fuerza y en el grado de organización de su sociedad civil, por esta razón la participación en la gestión de lo público no debe hacerse en exclusiva desde los ámbitos institucionales, sino también desde la ciudadanía organizada con voluntad de servicio a la colectividad y al interés general. Muchos de los derechos de los que disfrutamos en la actualidad se han alcanzado gracias al esfuerzo de hombres y mujeres que se asociaron con la voluntad de conseguirlos.
La Ley 5/1998, de 17 de abril, de puertos de Cataluña, en su artículo 31 establece que el Plan de puertos, como plan territorial sectorial, tiene que determinar el marco de referencia para la autorización y la realización de actuaciones en los puertos y en el litoral catalán, y tiene el objetivo de definir los criterios para una utilización portuaria adecuada y racional de la costa catalana, teniendo en cuenta la conservación del litoral y la correcta gestión del medio ambiente.
El Decreto 10/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2005/2008 establece los requisitos que deben cumplirse para el acceso a las viviendas protegidas, tanto de nueva construcción como usadas, pero, sin definir con exactitud en qué momento del complejo procedimiento debe exigirse dicho cumplimiento. Este es por tanto, el objeto de la presente orden: regular el procedimiento para definir con precisión el momento en el que debe comprobarse el cumplimiento de los requisitos referidos.
EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente "Norma Foral 8/2006 de 1 de diciembre, por la que se aprueban determinadas medidas tributarias", a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.
Fecha: Miércoles, 21 Febrero, 2007
Páginas
|