Comunidades Autónomas

DECRETO 88/2010, de 22 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2011, y se abre plazo para fijar las fiestas locales.



De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía y en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, es competencia de este Gobierno establecer, dentro del límite anual de catorce días festivos, el calendario de días laborables y festivos para el año 2011.

Fecha: 
Viernes, 30 Julio, 2010

LEY 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.



El Presidente



de la Generalidad de Cataluña

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente

LEY

Preámbulo

Fecha: 
Viernes, 23 Julio, 2010

Ley 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED:

Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente

LEY PARA LA DEHESA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I

Fecha: 
Viernes, 23 Julio, 2010

Ley 8/2010, de 14 de julio, de Medidas Tributarias de Reactivación Económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED:

Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente

LEY DE MEDIDAS TRIBUTARIAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Fecha: 
Viernes, 23 Julio, 2010

ORDEN FAM/1036/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Orden FAM/1597/2008, de 22 de agosto, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León.



Mediante Decreto 117/2002, de 24 de octubre, se crea el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León, desarrollado por Orden FAM/1597/2008, de 22 de agosto.

En dicha normativa se establece como requisito la residencia actual de los interesados en la Comunidad de Castilla y León.

Fecha: 
Miércoles, 21 Julio, 2010

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