Resoluciones

El artículo 202 de la Ley Hipotecaria establece que, cuando el asiento a favor del titular registral tiene menos de treinta años de antigüedad -caso que nos ocupa-, ha de haber sido oído en el expediente -él o sus causahabientes-, o ha de haber sido citado tres veces, una de ellas, al menos, personalmente, por lo que el expediente tiene que expresar la forma en que se han realizado tales notificaciones, al efecto de que el Registrador compruebe que se han respetado, para dicho titular, las garantías establecidas para su protección.

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María Sáez Hernández, contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 12 de Valencia, don Aurelio Martín Lanzarote, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Tuesday, 21 August, 2001

Si respecto de una inscripción de dominio que ya no esta vigente, por haber sido transmitida e inscrita la finca a favor de un tercero, puede hacerse constar la Sentencia de nulidad del titulo que motivo aquel asiento, y a este respecto, si bien la idea de una información registral más precisa, pudiera llevar a la solución positiva, no puede desconocerse que, siendo el Registro una institución de protección del trafico, y, por tanto, una institución a favor de terceros, solo tiene sentido la inscripción de actos de transcendencia real actual

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2001, de la Dirección General de Los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Emilio González Beltrán y otros, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid, número 18, don Angel Badía Salillas, a inscribir un testimonio de sentencia, en virtud de apelación de la recurrente.

Date: 
Tuesday, 21 August, 2001

Aunque el ámbito de la anotación de demanda ha sido ampliado por la doctrina científica y por esta Dirección, es lo cierto que a lo mas que puede llegarse es a abarcar aquellas demandas cuya estimación pudiera producir una alteración en la situación registral, pero en modo alguno pueden incluirse aquellas otras, como la ahora debatida, en las que únicamente se pretende, al amparo de los articulas 1.317 y 1.401 del Código Civil, la declaración judicial de la responsabilidad de un cónyuge por determinada deuda de su consorte

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2001, de as Dirección General de Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, contra la negativa del Registrador accidental de Ourense, número 2, don José Manuel de la Torre Saavedra, a practicar una anotación preventiva de demanda, en virtud de apelación de la recurrente.

Date: 
Tuesday, 21 August, 2001

El expediente de dominio para reanudar el tracto sucesivo interrumpido tiene reglas especificas que no resultan cumplidas con las correspondientes al expediente inmatriculador; es más, el tramite mar importante del expediente para la reanudación del tracto viene constituido por el llamamiento al procedimiento del titular registral anterior, que, en el presente caso no consta ni siquiera haya sido citado en el expediente, por lo que el auto declarando justificado el dominio no puede tener acceso al Registro.

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2001, de la dirección General de Los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Mateo Gordillo Rodríguez y esposa, contra la negativa de don Jose Manuel Muñoz Roncero, Registrador de la Propiedad número 1 de Puerto del Rosario a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Tuesday, 21 August, 2001

De la documentación aportada -que consta de planos oficiales de las fincas resultantes- resulta la esencia de todo el expediente expropiatorio -que podrá hacerse constar en el Registro mediante el mecanismo del tracto abreviado-, así como las parcelas sobrantes de la expropiación y que fueron el objeto de la reversión, y las resoluciones administrativas que dieron lugar a esta, por lo que ningún obstáculo existe para poder inscribir las parcelas objeto de la venta.

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Loja, don Pedro Antonio Vidal Pérez, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de dicha ciudad, doña Aurora Galisteo Cano, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Tuesday, 21 August, 2001

Se revoca la nota del Registro fundándose en que se trata de una anotación preventiva de demanda y sus requisitos se refieren únicamente a la exigencia que la finca a la que pueda afectar la resolución judicial definitiva esté inscrita, porque a lo que aquella medida podrá afectar es a la misma finca y al posible tercero que pueda cambiar su titularidad con todas las garantías que la fe pública proporciona.

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2001, de la Dirección, General de los Registros y del Notariado, en, el recurso gubernativo interpuesto por don José Manuel y doña Asunción Arias Alvarez, contra la negativa del Registrador de da Propiedad de Orense, número 1, don José Manuel de la Torre Saavedra a practicar una anotación preventiva de recurso contencioso-administrativo, en virtud de apelación del señor Registrador.

Date: 
Tuesday, 24 July, 2001

En el recurso gubernativo interpuesto por el Letrado don Felipe Ronda Zuloaga, en nombre de don Luis y don Miguel Figueroa Griffith, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad interina de Madrid, n.º 14, doña María Belén Andújar Arias, a practicar una anotación preventiva de prohibición de disponer, en virtud de apelación de dicha señora Registradora.

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2001 de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por don Luis y don Miguel Figueroa Griffith contra la negativa de la Registradora de la Propiedad interina de Madrid, número 14, doña María Belén Andújar Arias, a practicar una anotación preventiva de prohibición de disponer, en virtud de apelación de dicha señora Registradora.

Date: 
Tuesday, 24 July, 2001

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