LEY 9/2002, de 22 de octubre, de la Reserva Natural Integral de Muniellos.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta general del Principado de Asturias ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de la Reserva Natural Integral de Muniellos.
Fecha: dilluns, 4 novembre, 2002
Puesto de manifiesto por la agrupación de propietarios del monte, en su solicitud de concentración parcelaria de carácter privado dirigida a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, los acusados caracteres de gravedad que ofrece el carácter de la propiedad y la dispersión parcelaria del Monte de Araniego, en Cangas del Narcea, por Resolución del Ilmo. Sr. Fecha: dimarts, 30 setembre, 2003
El artículo 25.4 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias señala que las elecciones serán convocadas por el Presidente del Principado, en los términos previstos en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, de manera que se celebren el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años, sin perjuicio de lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de declaración del Parque Natural de Ponga.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Presupuestos Generales para 2003.
Fecha: dimarts, 31 desembre, 2002
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
Fecha: dimarts, 31 desembre, 2002
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CORRECCIÓN de errores de la Ley 3/2000, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2001.
Advertido error en el texto de la Ley del Principado de Asturias 3/2000, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2001 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 51, de 28 de febrero de 2001), se procede a su corrección en el siguiente sentido:
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