Advertido error material en el texto de la Ley del Principado de Asturias 7/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2006 publicado en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie A, número 19.12, de 29 de diciembre de 2005, y en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 301, de 31 de diciembre de 2005, se procede, según consta publicado en el Boletín Oficial de la Junta General, Serie A, número 19.14, de 6 de febrero de 2006, a su rectificación en el si
El sistema público de servicios sociales ha cobrado un importante desarrollo en estos últimos años, debiendo dar respuesta a las numerosas situaciones de desamparo familiar que se producen como consecuencia del envejecimiento de la población asturiana y de las modificaciones de la estructura familiar.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Presupuestos generales para 2004.
Fecha: dimecres, 31 desembre, 2003
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas.
CORRECCIÓN de errores de la Ley 4/2000, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
Advertidos errores en el texto de la Ley del Principado de Asturias 4/2000, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 51, de 28 de febrero de 2001), se procede a su corrección en el siguiente sentido:
LEY 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias.
Fecha: dilluns, 1 desembre, 1997
LEY 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales.
LEY 10/2002, de 19 de noviembre, de Comercio Interior.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de Comercio Interior.
Fecha: dissabte, 30 novembre, 2002
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de los Consumidores y usuarios.
Fecha: divendres, 13 desembre, 2002
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta general del Principado de Asturias ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de declaración del Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias.
Fecha: divendres, 27 desembre, 2002
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