El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, en el que se comprenderán los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local. Fecha: divendres, 20 novembre, 2009
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente
Decreto 179/2009, de 24/11/2009, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La
Mancha 2009-2019.
Fecha: divendres, 27 novembre, 2009
El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.
Fecha: divendres, 18 desembre, 2009
La Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme el art. 58.1 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva en comercio interior, comprendiendo la regulación de los calendarios y horarios comerciales, respetando en su ejercicio el principio constitucional de unidad de mercado y la ordenación general de la economía y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución Española.
En el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y en el artículo 9 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se establece que la base imponible de ambos impuestos estará constituida por el valor real de los bienes y derechos transmitidos. Fecha: dimecres, 30 desembre, 2009
Fecha: dijous, 24 desembre, 2009
El Presidente de la Junta de Andalucía a todos los que la prEsente vieren, sabed
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
«LEY DEL PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2010
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: dijous, 31 desembre, 2009
El derecho de los españoles a una vivienda digna y adecuada, consagrada por nuestra Constitución en su artículo 47, obliga a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y a establecer las normas pertinentes para que se haga efectivo ese derecho.
Advertida errata en la disposición de referencia, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 16, columna de la izquierda, línea 9:
Donde dice: «Punta Umbría; 2010; 1,30».
Debe decir: «Punta Umbría; 2010; 1,40»
Sevilla, 8 de enero de 2010
El Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto 324/2009, de 8 de septiembre, dedica la Sección 4.ª del Capítulo V a la estructura administrativa, determinando los órganos en que se articula y las competencias y funciones que corresponden a los mismos, sin perjuicio de un mayor desarrollo de la organización y de las funciones y competencias a través de lo que pueda disponer la Consejería competente en materia de Hacienda y el Consejo Rector de la Agencia.
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