Comunidades Autónomas

LEY 10/2003, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2004.



EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA



Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 10/2003, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2004.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

Fecha: 
dimarts, 23 desembre, 2003

LEY 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia.

La Constitución española reconoce, en su artículo 43, el derecho de los ciudadanos a la protección de la salud, responsabilizando a los poderes públicos de la organización y tutela de la salud pública a través de medidas preventivas y de prestaciones y servicios necesarios, estableciendo en el mismo precepto que la ley determinará los derechos y deberes de todos al respecto.

Fecha: 
divendres, 19 desembre, 2003

DECRETO 306/2003, de 16 de diciembre, por el que se establecen medidas de apoyo a programas integrales de revitalización socioeconómica y regeneración territorial de zonas urbanas desfavorecidas en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Izartu).

      El crecimiento económico es un flujo y un proceso donde intervienen múltiples factores cuyos comportamientos van trazando líneas de evolución con el paso del tiempo; los factores que intervienen en dicho crecimiento, van modificando su valor e influencia en el mismo.
Fecha: 
divendres, 19 desembre, 2003

ORDEN FORAL 345/2003, de 4 de diciembre, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se determinan los domingos y festivos que los comercios podrán permanecer abiertos al público en el 2004.

La Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra, establece en el artículo 33.2 que: "Anualmente se establecerá por el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, previa audiencia del Consejo Navarro Asesor de Comercio Minorista, antes del 15 de diciembre de cada año, el calendario que regirá al año siguiente comprensivo de los domingos y festivos que se consideren hábiles con un mínimo de nueve en 2001, diez en 2002, once en 2003 y doce en 2004".

Fecha: 
divendres, 19 desembre, 2003

Orden de 27 de noviembre de 2003, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueba el modelo informatizado «N01. Índices notariales, declaración informativa a efectos tributarios», y se dictan instrucciones para su gestión y presentación. (Murcia)



Los artículos 40.2 y 41.2 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, atribuye a estas Comunidades Autónomas competencias normativas para regular los aspectos de gestión y liquidación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, respectivamente.

Fecha: 
dimecres, 17 desembre, 2003

ORDEN de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo,por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat Valenciana.



Preámbulo 



La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 6 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común establece en su artículo 45 que las administraciones públicas impulsarán el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

Fecha: 
dimecres, 17 desembre, 2003

Orden de 9 de diciembre de 2003 por la que se desarrolla el Decreto 146/1997, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Galicia.



El Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 20.1º que le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia ejercer todas las facultades que la Ley orgánica del poder judicial y la Ley orgánica del Consejo General del Poder Judicial le reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado.


Fecha: 
dimecres, 17 desembre, 2003

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