El Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 20.1º que le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia ejercer todas las facultades que la Ley orgánica del poder judicial y la Ley orgánica del Consejo General del Poder Judicial le reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado.
En este sentido, el Real decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, le transfiere a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia.
En el ejercicio de esas competencias, la Xunta de Galicia estableció un marco normativo adecuado a las peculiaridades de nuestra comunidad autónoma, a través del Decreto 146/1997, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Galicia, que en su disposición final primera autoriza al conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local para dictar las disposiciones precisas para su desarrollo y aplicación.
Por otro lado, en su artículo 39 se establece cantidades fijadas para compensar económicamente las actuaciones de los abogados y procuradores en materia de asistencia jurídica gratuita. Con la finalidad de adaptar la nomenclatura del anexo II a los procesos regulados por la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, por la Ley orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, y por la legislación en materia de extranjería; así como proceder a la actualización de los módulos y bases de compensación económica por la prestación del servicio de representación gratuita, se hace necesario adaptar dicho anexo II del decreto.
En su virtud, de acuerdo con los colegios de abogados y procuradores, y consultada la Consellería de Economía y Hacienda,
Artículo único.-Se actualizan los módulos y bases de compensación por la prestación de los servicios de asistencia letrada y de defensa y representación
gratuitas aplicables durante el año 2004 y que se determinan en el anexo II del decreto, modificado por la Orden de 18 de septiembre de 2001.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2004.
Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 2003.
Jesús C. Palmou Lorenzo
Conselleiro de Justicia, Interior
y Administración Local
Módulos y bases de la compensación económica
Baremos para el año 2004
Abogados/Tipología
Módulo
Asistencia al detenido o preso
Asistencia individualizada 80 €
Jurisdicción penal
Procedimiento ante el Tribunal del Jurado 400 €
Asistencia diaria a la vista ante el Tribunal del Jurado a partir del segundo día 100 €
Procedimiento ordinario por delito 390 €
Procedimiento abreviado de especial complejidade (causa de más de 1.000 folios) 390 €
Procedimiento por delito contra la seguridad del tráfico (alcoholemias) 200 €
Procedimiento penal abreviado 260 €
Proc. enjuiciamiento rápido de delitos sin conformidad 265 €
Proc. enjuiciamiento rápido de delitos con conformidad 200 €
Juicio de faltas 110 €
Menores. Proceso terminado con sentencia 155 €
Menores. Proceso con otras formas de terminación 132 €
Recurso ante el juzgado de vigilancia penitenciaria con intervención preceptiva o designación de abogado por requerimiento
judicial, conforme al artículo 21 de la Ley de asistencia jurídica gratuita 120 €
Salidas a centros de prisión (máximo dos salidas por proceso) 17 €
Desplazamientos para la asistencia a juicio oral (abogados con despacho oficial en un partido judicial distinto del de
la sede del juzgado de lo penal o de la audiencia provincial) 35 €
Recursos de apelación. Proceso por delito 120 €
Recursos de apelación. Juicio de faltas 100 €
Procedimiento ordinario 275 €
Juicio verbal 180 €
Proceso matrimonial contencioso completo 285 €
Proceso matrimonial de mutuo acuerdo 138 €
Medidas provisionales previas a la demanda 40 €
Modificación de medidas 220 €
Proceso sobre filiación, paternidad o capacidad, salvo expedientes del artículo 763 de la LEC 200 €
Monitorio 60 €
Actuación en un proceso como contador partidor 150 €
Proceso de división judicial de patrimonios 150 €
Ejecuciones de títulos judiciales con oposición (556.1 LEC) y posteriores a dos años 150 €
Cambiario y ejecución de títulos no judiciales 100 €
Expedientes de jurisdicción voluntaria y expedientes de internamiento no voluntario por razón de un trastorno psíquico 135 €
Recursos de apelación 120 €
Jurisdicción contencioso-administrativa
Recurso contencioso-administrativo 275 €
Recurso contencioso-administrativo. Proc. abreviado 190 €
Vía administrativa (extranjería y asilo) 60 €
Recursos de apelación 120 €
Jurisdicción social
Procesos laborales (ordinario y especiales) 165 €
Recursos de suplicación 120 €
Jurisdicción militar
Proceso íntegro 180 €
Recursos de casación y amparo
Recurso de casación 300 €
Recurso de casación cuando no se formaliza y hay sólo anuncio 19,83 €
Recurso de amparo 300 €
Actuaciones extraprocesuales
Transacciones extrajudiciales (*) 75%
Informe motivado de la insostenibilidad de la pretensión 65 €
Desistimiento previo al proceso por pasividad de la persona enjuiciable, estudio y preparación del asunto, previa a la
presentación de la demanda (*) 30%
Normas generales
Sometimiento (*) 30%
Ejecución de la sentencia posterior a los dos años de recaída la resolución judicial, salvo en la jurisdicción civil (*) 30%
(*) Sobre el módulo aplicable al procedimiento
Procuradores/Tipología
Módulo
Jurisdicción penal
Procedimiento ante el juzgado de instrucción en sumarios o causas ante el Tribunal del Jurado 18 €
Intervención ante el juzgado de instrucción en procedimientos abreviados de especial complejidad (actuaciones de más
de 1.000 folios) 18 €
Intervención ante el juzgado de instrucción en procedimientos abreviados 12 €
Intervención ante el juzgado de instrucción en juicios rápidos 18 €
Juicio oral ante la audiencia provincial 15 €
Juicio oral ante el juzgado de lo penal 15 €
Juicio de faltas (*) 24 €
Recurso de apelación 21 €
Procedimiento ante el juzgado de vigilancia penitenciaria (*) 18 €
Jurisdicción civil
Procedimiento ordinario 30 €
Juicio verbal y procesos especiales 24 €
Proceso matrimonial contencioso (completo) 40 €
Proceso matrimonial de mutuo acuerdo 30 €
Medidas provisionales previas 12 €
Modificación de medidas definitivas 36 €
Recurso de apelación 21 €
Jurisdicción contencioso-administrativa
Recurso contencioso-administrativo (*) 24 €
Recurso de apelación (*) 21 €
Jurisdicción social
Proceso laboral (*) 24 €
Recurso de suplicación (*) 21 €
Jurisdicción militar
Proceso íntegro 24 €
Recursos de casación y amparo
Recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia 25 €
(*) Cuando la intervención del procurador sea requerida expresamente por la autoridad judicial de conformidad con el
artículo 6.3º de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita.