En la actualidad la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios está regulada por el Decreto 45/2002, de 21 de marzo y por la Orden de 12 de abril de 2002.
Fecha: Lunes, 17 Septiembre, 2007
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
JUAN CARLOS I
rey de españa
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La sanidad animal constituye uno de los pilares básicos de las explotaciones ganaderas por las varias dimensiones que contiene. De una parte como soporte de las producciones animales, de otra en su vertiente de seguridad alimentaria y como herramienta imprescindible en la prevención de las enfermedades comunes a los animales y el hombre.
Fecha: Miércoles, 31 Octubre, 2007
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Fecha: Viernes, 28 Diciembre, 2007
La Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, atribuye a las Comunidades Autónomas competencias normativas para regular aspectos de gestión y liquidación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados –artículo 41.2–, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones –artículo 40.2– y respecto a la Tasa Fiscal sobre el Juego –artículo 42.2–.
Fecha: Jueves, 20 Diciembre, 2007
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Fecha: Viernes, 28 Diciembre, 2007
Advertido error en el texto de la promulgación de la Ley 9/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 251, de fecha 28 de diciembre de 2007, procede emitir la siguiente corrección:
En el Preámbulo (Línea 2, Página 24166):
Donde dice:
«… en el artículo 16.4 del Estatuto…».
Debe decir:
Fecha: Lunes, 31 Diciembre, 2007
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».
Advertido error en el texto de la promulgación de la Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2008, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 251, de fecha 28 de diciembre de 2007, procede emitir la siguiente corrección:
En el Preámbulo (Línea 2, Página 24176):
Donde dice:
«… en el artículo 16.4 del Estatuto…».
Debe decir: Fecha: Lunes, 31 Diciembre, 2007
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