LEY 7/2010, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Fecha: 
Jueves, 22 Julio, 2010

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos autorizados por las Corporaciones Locales para la apertura de establecimientos comerciales al público.



La Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2010 (DOE de 14 de diciembre de 2009) dispone en su artículo único que los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer en el año 2010, abiertos al público ocho (8) días en domingos y festivos, pudiendo determinar las corporaciones locales dos fechas a tales efectos.


Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2010

ORDEN de 9 de septiembre de 2010 por la que se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para servir plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles serán nombrados por la Junta de Extremadura, de conformidad con las Leyes del Estado.


Fecha: 
Martes, 14 Septiembre, 2010

CORRECCIÓN de errores de la Ley 7/2010, de 19 de julio, por la que se modifica la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



Advertido error material en la Ley 7/2010, de 19 de julio, por la que se modifica la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 22 de julio), se procede a efectuar la siguiente corrección:



En la página 19296, disposición derogatoria única, punto dos.



Donde dice:


Fecha: 
Viernes, 8 Octubre, 2010

ORDEN de 23 de septiembre de 2010 por la que se nombran Notarios para servir plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles serán nombrados por la Junta de Extremadura, de conformidad con las leyes del Estado.


Fecha: 
Martes, 28 Septiembre, 2010

Ley 18/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2011.



TEXTO

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA



Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I

Fecha: 
Miércoles, 29 Diciembre, 2010

DECRETO 219/2010, de 3 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2011 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondientes a su ámbito territorial.

Fecha: 
Jueves, 9 Diciembre, 2010

ORDEN de 7 de diciembre de 2010 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2011, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología para su obtención.


Fecha: 
Viernes, 17 Diciembre, 2010

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