EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2010 (DOE de 14 de diciembre de 2009) dispone en su artículo único que los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer en el año 2010, abiertos al público ocho (8) días en domingos y festivos, pudiendo determinar las corporaciones locales dos fechas a tales efectos.
El artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles serán nombrados por la Junta de Extremadura, de conformidad con las Leyes del Estado.
Fecha: Martes, 14 Septiembre, 2010
Advertido error material en la Ley 7/2010, de 19 de julio, por la que se modifica la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 22 de julio), se procede a efectuar la siguiente corrección:
En la página 19296, disposición derogatoria única, punto dos.
Donde dice:
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
El artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles serán nombrados por la Junta de Extremadura, de conformidad con las leyes del Estado.
Fecha: Martes, 28 Septiembre, 2010
TEXTO
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
Fecha: Miércoles, 29 Diciembre, 2010
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondientes a su ámbito territorial.
Fecha: Jueves, 9 Diciembre, 2010
Fecha: Viernes, 17 Diciembre, 2010
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICION DE MOTIVOS
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